El Ayuntamiento denegó mal la terraza al San Remo

Carlos H. Sanz
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Estimado en parte el recurso de Alberto Villegas contra la negativa municipal a la instalación de un toldo y ocho veladores en el jardín frente a su negocio

El Ayuntamiento denegó mal la terraza al San Remo - Foto: Óscar Navarro

El Juzgado Contencioso-Administrativo de Palencia ha estimado en parte el recurso presentado por el hostelero palentino Alberto Villegas, propietario del restaurante San Remo, al considerar que la resolución del Ayuntamiento en la que le denegó la instalación de un toldo y ocho veladores en la zona destinada a jardín de propiedad municipal junto a su establecimiento no se realizó conforme a derecho, según dio a conocer ayer la Cadena SER Palencia.

En el fallo judicial, al que ha tenido acceso este periódico, el magistrado Victoriano Lucio Revilla considera que no bastaba con un «genérico y elucubrativo informe de la Policía Local» para rechazar la petición del hostelero palentino. Dicho de otra forma, la sentencia establece que al Ayuntamiento no le basta con decir que la terraza no cumple con la ordenanza si no queda claro cuál es la regulación que se infringe y que, en todo caso, el Consistorio «debió exigir» a Alberto Villegas «la subsanación y mejora de su solicitud» antes de continuar con el procedimiento y proceder a la denegación.

¿Cómo se conjuga este fallo judicial con el conocido el pasado 11 de marzo en el que el mismo Juzgado rechazó el recurso de Alberto Villegas y le obligó a desmontar la terraza El jardín de Magdalena, ubicada en una zona verde junto a su restaurante, el San Remo? El propio magistrado explica que un asunto y otro no tienen nada que ver porque una cuestión es si el hostelero estaba obligado o no a desmontar la terraza -que sí lo estaba- y otra si la solicitud que cursó en el Ayuntamiento el 14 de julio de 2023 fue denegada por el Ayuntamiento conforme al ordenamiento jurídico -que no lo está-.

Según se recoge en la sentencia conocida ayer, Alberto Villegas solicitó instalar frente a su restaurante «11 veladores (3-4 sillas), toldos y otros elementos como jardineras y sombrillas». La Policía Local no puso objeciones respecto a tres veladores junto a la fachada del establecimiento, pero que el toldo y los ocho veladores previstos en la zona verde no cumplían con la ordenanza de terrazas. A partir de este informe, el 20 de octubre de 2023 -cuando el Ayuntamiento ya había dictado la orden para levantar todos las terrazas-covid- el concejal de Medio Ambiente denegó la petición de Alberto Villagas solo para esa terraza en el jardín.

¿Significa esto que Alberto Villegas tenía derecho a instalar esa terraza en la zona verde frente a su restaurante? De la sentencia se infiere una respuesta negativa pero no porque el juez argumente que no se puede instalar una terraza abierta o cerrada en una zona verde, sino porque el hostelero no incluyó en su solicitud documentos exigidos por la ordenanza, como el fotomontaje, la memoria de materiales o el proyecto técnico. Ese es el motivo por el que el recurso se estima solo en parte. No cabe recurso.