30.000 euros para la difusión y fomento de la economía social

SPC
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Empleo prevé subvenciones de hasta 10.000 euros para incorporación de socios trabajadores a cooperativas y sociedades laborales y apoyos de 18.000 euros para inversiones para crear estas entidades

3.000 euros para la difusión y fomento de la economía social - Foto: Rubn Cacho ICAL

La Consejería de Industria, Comercio y Turismo impulsará una nueva línea de subvenciones de hasta 30.000 euros por beneficiario para la realización de actividades de difusión y fomento de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo. Además prevé ayudas de hasta 10.000 euros para la incorporación, con carácter indefinido, de personas socias trabajadoras o socias de trabajo a cooperativas y sociedades laborales. Asimismo, plantea apoyos de hasta 18.000 euros para inversiones para la creación y puesta en marcha de estas entidades de economía social.

Los tres programas aparecen recogidos en la propuesta del departamento que dirige Mariano Veganzones de las bases reguladoras de las subvenciones del Programa de apoyo a la creación y al empleo en cooperativas y sociedades laborales, recogidas por Ical, a las que se pudo presentar alegaciones hasta el pasado 28 de agosto.

El documento indica que estas ayudas tienen como principales objetivos financiar y apoyar el desarrollo de proyectos de creación y puesta en marcha de cooperativas y sociedades laborales, así como fomentar la incorporación, con carácter indefinido, de personas como socias trabajadoras o de trabajo, en dichas entidades de economía social, así como la novedosa línea de difusión y fomento. Las subvenciones se financiarán con cargo a la distribución territorializada de los fondos de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales realizada por el Servicio Público de Empleo Estatal.

Difusión y fomento

El novedoso programa III de subvenciones para la realización de actividades de difusión y fomento de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo, está dirigida a las entidades asociativas de economía social (cooperativas, sociedades laborales, centros especiales de empleo y empresas de inserción), sin ánimo de lucro y con ámbito de actuación en Castilla y León.

El importe de estas subvenciones podrá ser de hasta el 100 por ciento del coste de la actividad con una cuantía máxima de referencia por entidad beneficiaria de 30.000 euros.

La propuesta de las bases indica que se entenderá por actividades de difusión, las actuaciones cuyo objeto sea dar a conocer o a divulgar, entre la población en general o a colectivos específicos, la organización y funcionamiento de las cooperativas y sociedades laborales y otras formas de la economía social, mediante campañas de difusión en medios de comunicación social, edición de publicaciones o cualquier otra actividad que contribuya a esta finalidad.

Además, son actividades de fomento, la realización de congresos, simposios, jornadas, seminarios y otras actividades cuyo objeto sea el estudio de aspectos relacionados con la economía social que tengan incidencia en su capacidad de generación de empleo.

Empleo indefinido

El primer programa de incorporación de socios trabajadores, establece que el número máximo de personas incorporadas será de diez por solicitud. La incorporación deberá suponer un incremento del empleo respecto de la media de los 12 meses anteriores a la contratación.

La cuantía de referencia de la subvención será de 7.000 euros por cada persona procedente de situación de desempleo que se incorpore a jornada completa, como socio trabajador o de trabajo en una cooperativa o sociedad laboral, salvo si es mujer, en cuyo caso se incrementará en 500 euros. Se procederá a la minoración, en ambos casos, de forma proporcional a la jornada realizada cuando la incorporación sea a tiempo parcial.

Las bases precisan que si se trata de la incorporación, con carácter indefinido, como socio con contrato temporal o indefinido la cuantía será de 5.500 euros, salvo si es mujer, que sumará 500 euros.

Cabe destacar asimismo, que cuando una desempleada se incorpora como socia trabajadora o de trabajo a jornada completa en los 24 meses siguientes a la fecha de haber tenido un parto, adopción o acogimiento, la cuantía de la subvención será de 8.000 euros.

Además, si la persona incorporada a jornada completa es mayor de 45 años o se trata de joven menor de 30 años, la subvención ascenderá a 8.500 euros, con 500 euros más si es mujer. Si la incorporación como socio a jornada completa lo es de una persona desempleada de larga duración, la cuantía será de 8.750 euros, con un aumento en 500 euros si es mujer.

En el caso de personas con discapacidad con grado reconocido igual o superior al 33 por ciento o de personas desempleadas en situación de exclusión social, la cuantía de la ayuda será de 9.500 euros siempre que en ambos casos la incorporación sea a jornada completa, 500 euros más si es mujer.

En todos los casos, las subvenciones se podrán conceder con incorporaciones a tiempo parcial, pero de forma proporcional a la jornada.

Inversiones

Por lo que se refiere al programa II, la subvención está destinada a inversiones para la creación y puesta en marcha de las cooperativas o sociedades laborales, centradas en instalaciones técnicas, maquinaria, utillaje, mobiliario, equipos para proceso de información, así como los activos inmateriales vinculados con las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones.

La aportación de la entidad beneficiaria a la financiación de las inversiones debe ser como mínimo el 50 por ciento. El importe de la subvención tendrá como límite así el 50 por ciento del coste de adquisición de los activos, excluidos impuestos, con una cuantía máxima de 18.000 euros.

Las cuantías establecidas son máximas a conceder, si bien al tratarse de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, la cifra final se determinará en función del número de expedientes a valorar y mediante la aplicación de los criterios previstos.