Califica de «inaceptable» subir el 5% para Justicia gratuita

ALBERTO ABASCAL
-

La Abogacía palentina rechaza que se continúen ignorando los servicios prestados y no reconocidos, así como que se proponga una subida «que no alcanza ni la tercera parte del IPC»

Califica de «inaceptable» subir el 5% para Justicia gratuita - Foto: ÓSCAR NAVARRO

Ante la propuesta que el Ministerio de Justicia ha formulado para actualizar los baremos de la asistencia jurídica gratuita en aquellas zonas, como Castilla y León, que no tienen asumidas las competencias, el Colegio de Abogados  quiere manifestar «su profundo malestar» por una oferta de subida lineal del 5% «que, a todas luces, nos parece no solo insuficiente sino además inaceptable». Después de meses de negociaciones en donde se ha debatido con el Ministerio sobre aspectos muy diferentes relacionados con las cuantías pero también y sobre todo con los aspectos del servicio que siendo prestados no están siendo retribuidos, el Colegio «no entiende que el Ministerio se haya limitado a reproducir el baremo ya existente con una actualización de un pírrico 5%, cuando el IPC de los últimos cinco años sobrepasa con mucho el 17%».

 «No se acaba de entender que en determinadas comunidades autónomas del Estado exista la voluntad y presupuesto económico para asumir con más dignidad las compensaciones a los profesionales del turno de oficio, y que el Ministerio de Justicia no esté a su altura», añade.

El Consejo ha mostrado reiteradamente al Ministerio y ha insistido en que deben abonarse todas las actuaciones realizadas por los profesionales de la abogacía que, por designación judicial y por imperativo legal, son designados por sus Colegios para la defensa de asuntos, incluso cuando el defendido no es titular del beneficio de Justicia gratuita. Lo mismo debe aplicarse cuando son designados por sus Colegios para la defensa penal de personas jurídicas. Y ello debe hacerse, además, aplicándose sobre las actuaciones realizadas en los últimos años.

Y es que la Abogacía no acepta que los baremos puedan ser un marco abierto para la prestación de los servicios y, al mismo tiempo, un marco cerrado para el abono de los mismos. Por ello, el Consejo entiende que deben abonarse todas las actuaciones realizadas por los profesionales de la Abogacía, aunque no estén expresamente incluidas en los actuales baremos como son las ejecuciones, ejecuciones hipotecarias, recursos o incidentes, por poner unos ejemplos.

Es también de la máxima importancia que se aumente el número de letrados y letradas asignadas a las guardias de asistencia a las víctimas de violencia de género, en especial en la llamada España vaciada, donde los desplazamientos son muy difíciles y largos y hacen imposible prestar la asistencia con la debida inmediatez. El mismo principio debe aplicarse en las guardias de asistencia letrada al detenido y juicios rápidos.

Por una cuestión de sentido común, también es preciso que se abonen los gastos de desplazamiento a los letrados y letradas que realizan las guardias de asistencia al detenido y juicios rápidos, en especial en la llamada España vaciada. «Actualmente se están produciendo situaciones de desigualdad, pues el compañero o compañera que asiste a la víctima de violencia de género cobra estos gastos, pero no el que asiste al detenido o imputado, habiendo realizado el mismo desplazamiento», indican.

Sobre la estructura y prestación de los servicios, el Consejo considera que debe establecerse un servicio de guardia presencial en la Oficina de la Víctima, en el servicio de guardia para víctimas menores de edad, en el servicio de guardia para los migrantes y para las víctimas de trata. Por último, el Ministerio debe asumir el pago de los gastos de infraestructura a los Colegios de la Abogacía de todos los expedientes tramitados, con independencia de que concluyan por archivo o por resolución de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita. 

La compensación económica por este servicio está congelada desde el año 2003, derivándose de tal situación la paradójica circunstancia de que son los profesionales de la abogacía los que, con sus cuotas colegiales, asumen una parte de los costes del servicio público de justicia gratuita, lo que supone otra forma de discriminación en las retribuciones de un servicio al que la abogacía viene obligada por la ley.

Actualmente, hay 103 abogados que prestan el servicio en la provincia y se tiene que prestar el servicio de asistencia al detenido dando cobertura a todo el territorio «porque no tenemos letrados suficientes residentes en los partidos de Carrión y Cervera», según indica el decano de los Abogados, Miguel Hermosa. En Carrión solo hay una letrada residente y en Cervera cuatro están en el turno. 

En 2022 se tramitaron 1.753 expedientes y este año hasta octubre se llevan tramitados 1.431. Hasta hoy se han prestado a lo largo de lo que va de año 1.360 asistencias, sin contar los juicios rápidos que se tramitan dentro de los expedientes de turno de oficio.

Los Juzgados de Cervera de Pisuerga tendrán dos salas de grabación 

Después de que el decano de los abogados palentinos, Miguel Hermosa, hubiera solicitado a la Gerencia Regional de Justicia la dotación al edificio de los Juzgados de Cervera de Pisuerga del sistema Fidelius en la sala polivalente del mismo, con el fin de posibilitar que se puedan realizar actuaciones que precisen grabación en ambos Juzgados 1 y 2 de forma simultánea, finalmente, según han indicado a este periódico fuentes judiciales, ambos Juzgados de Cervera de Pisuerga contarán con ambas salas de grabación.

«Desde hace tiempo se viene reclamando por todos los operadores jurídicos y magistrados que se ponga fin a la problemática que actualmente se vive por la existencia de una única sala operativa para la grabación de vistas o declaraciones en el edificio de los Juzgados de Cervera», mantenía Hermosa en su escrito remitido a la Gerencia Territorial  al que tuvo acceso Diario Palentino. 

El decano del Colegio de Abogados de Palencia había recordado que la falta de capacidad técnica de esta sede judicial para llevar a cabo la grabación de dos actos procesales de forma simultánea «estaba conllevando tiempos de actuación excesivos en las detenciones que a todas luces son inasumibles y contrarias a los derechos constitucionales de los detenidos». De la misma forma, el contar con esta limitación impide la posibilidad de realizar actuaciones que han de ser grabadas, en ambos Juzgados de manera simultánea.