La siesta, a pierna suelta y sin llamadas molestas

Jaime Montes
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Las compañías solo podrán realizar llamadas comerciales a las personas que hayan expresado su consentimiento previo contrato

Teleoperadores trabajando en sus oficinas - Foto: Antonio Bartolomé

La Ley de Telecomunicaciones se modificó el pasado jueves 29 de junio. Este texto recoge el derecho de los consumidores a no recibir llamadas de publicidad no deseada. 

Esto quiere decir que las empresas no podrán realizar llamadas con fines publicitarios sin previo consentimiento del usuario. Las multas a las empresas que incumplan esto ascienden hasta los 100.000 euros. Sin embargo, hay excepciones y es que telefónicas, bancos, aseguradoras y eléctricas seguirán realizando este tipo de llamadas puesto que aunque no se sea consciente se ha firmado una letra pequeña en los contratos que autoriza que estas acciones sean legales. 

La alegría y el entusiasmo se ha podido percibir en la calle Mayor con la pregunta que se ha lanzado. Algunos ciudadanos no sabían que esto se ha prohibido. Muchos coinciden en que estas llamadas, además de ser innecesarias a muchos usuarios les resultan incómodas de responder ya que saben que van a perder el tiempo porque no van contratar lo que se les ofrece. 

Muchos de ellos aseguran que por fin nadie les molestará a la hora de la siesta o mientras están trabajando ya que estas eran las horas habituales en las que se realizaban estas llamadas. Sin embargo, coinciden en que hay personas que están trabajando de ello y por tanto piensan en ellos como los trabajadores que son.