Obligan otra vez a valorar la oposición para policías locales

Alberto Abascal
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Estimados por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo seis recursos presentados por otros tantos aspirantes · Se debe valorar unitariamente las pruebas de aptitud, personalidad y la entrevista

Obligan otra vez a valorar la oposición para policías locales

Diario Palentino publicó en mayo de 2023 que la defensa legal de una parte de los opositores a policías locales del Ayuntamiento de Palencia -se convocaron 42 plazas- que solicitaron la repetición de la prueba de aptitud psíquica y que fue avalada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) por no ajustarse a derecho, había solicitado al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palencia la ejecución judicial al entender, tras revisar las calificaciones y al no prosperar las reclamaciones planteadas, que la repetición de la prueba tampoco se ajustó a derecho al establecer de nuevo una nota de corte y al comprobar que el 75% por ciento de los examinados no superó la misma, un porcentaje más que elevado e inusual. 

Cabe recordar que 27 de un total de 110 aspirantes que acudieron para optar a una plaza de policía local del Ayuntamiento de Palencia superaron el examen de aptitud psíquica tras repetirse la prueba por mandato judicial. De los 27, quince ya formaban parte ya de los 42 agentes (el resto no aprobó en esta repetición) que ya se encuentran como agentes del cuerpo policial municipal, mientras que otros 12 fueron nuevos aprobados.

Pues bien, el titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo ha vuelto a dictar seis resoluciones, todas idénticas, dando la razón a otros tantos opositores,  una de las cuales ha tenido acceso Diario Palentino, en las que emplaza al Ayuntamiento a fin de que se proceda a realizar una «efectiva valoración conjunta» de todas las pruebas realizadas (las de aptitud, las de personalidad y, en su caso, la entrevista) por personal técnico adecuado a fin de que emitir una conclusión motivada de que el aspirante es apto o no apto en función de si reúne o no las condiciones psicotécnicas propias del cargo a desempeñar, sin basarse exclusivamente en la puntuación obtenida en la prueba de aptitudes y relegando, tal y como se ha hecho, la prueba de personalidad. «Si finalmente el demandante es declarado apto se tiene que reordenar el proceso de selección en función de la puntuación obtenida por él mismo», apunta la autoridad judicial.

El magistrado señala que mal se compadece con el criterio jurisdiccional expuesto el planteamiento de la denominada prueba de aptitudes,  «como si se tratase de someter a los aspirantes a unos exámenes de psicología formado por cuatro cuestionarios de respuesta múltiple».