Condenado a tres años de prisión por agredir con un cuchillo

ICAL
-

Los hechos tuvieron lugar en cuando el acusado, R.D.L.S. discutió con C.A.P. "en términos airados pero no suficientemente aclarados" porque los hijos de la pareja del primero estaban jugando al fútbol en zonas comunes del edificio donde residían

La Audiencia Provincial de Palencia ha condenado a tres años de prisión a un hombre acusado de dos delitos de lesiones contra una pareja a la que agredió con un cuchillo tras una discusión vecinal en Guardo (Palencia) en junio de 2016. Según informó el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), R.D.L.S. tendrá también que indemnizar en concepto de responsabilidad civil a C.A.P. con 2.951,27 euros y a su pareja en la cuantía de 32.940,32 euros, además de asumir las costas del juicio.

Los hechos tuvieron lugar en cuando el acusado y ahora condenado, R.D.L.S. discutió con C.A.P. “en términos airados pero no suficientemente aclarados” porque los hijos de la pareja del primero estaban jugando al fútbol en las zonas comunes del edificio en el que residían en Guardo. Fruto de esa discusión, R.D.L.S. cogió de su vivienda un cuchillo de cocina de 33 centímetros de largo y 20 centímetros de hoja para dirigirse a la vivienda de su vecino, donde mantuvieron un forcejeo en el que el portador del arma se abalanzó “en actitud agresiva” y le provocó un corte en la mano izquierda.

La mujer del agredido intentó quitar el cuchillo al agresor, momento en el que recibió un corte en la mano derecha, lo que le obligó a recibir tratamiento posterior y a su ingreso hospitalario durante dos días, ademá de que estuvo impedida durante más de un año. La mujer sufre además un trastorno adaptativo ansioso depresivo reactivo y limitación de la movilidad. Además, el varón agredido sufrió lesiones en el cuello y el antebrazo izquierdo, en la espalda y en el pie izquierdo, que requirieron un tiempo de estabilización de 90 días, además de que le han quedado secuelas en el pie izquierdo.

El agredido, C.A.P. mantuvo durante la agresión una actitud defensiva, consecuencia de la cual el agresor sufrió lesiones, si bien el juzgado ha entendido que esa actitud genera necesariamente la aplicación del a eximente de legítima defensa. Por el contrario, se mantuvo que el agresor era conocedor de que su acción iba a producir “un resultado de lesiones” y con un “propósito lesivo”, ya que el hecho de portar un cuchillo “excluye una acción imprudente”.