La agencia anti fraude amplia su vigilancia a ayuntamientos

SPC
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Las Cortes elegirán al director de esta entidad pública, que mantendrá su independencia y autonomía en la lucha contra la corrupción, y también investigará a los perceptores de fondos

El vicepresidente de la Junta, portavoz y consejero de Transparencia, Francisco Igea, durante una rueda de prensa. - Foto: Miriam Chacon (Ical)

La Agencia para la Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción en Castilla y León será independiente y autónoma en el ejercicio de sus competencias respecto de cualquier Administración pública de la Comunidad, «con el objeto de cumplir la finalidad con la que se crea», y se configura como una entidad pública con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar que se adscribe a las Cortes.  Así lo contempla el anteproyecto de ley que la Consejería de Transparencia publicado ayer en Gobierno Abierto y que se somete a información pública hasta el 24 de febrero. Un documento que detalla las principales novedades del organismo que, entre otras, radica en la ampliación de la actividad investigadora hacia las entidades locales y los perceptores de cualquier tipo de fondo público, así como la elección del encargado de dirigir el organismo.

De esta forma, la nueva ley busca ampliar el ámbito de actuación de la Agencia para hacerlo extensivo a cualquier irregularidad en la toma de decisiones o el manejo de fondos públicos; así como al ámbito subjetivo, de forma que alcance no solamente a quienes intervienen en su gestión desde la Administración y también las instituciones básicas y propias de la Comunidad, universidades públicas, partidos políticos, organizaciones sindicales y organizaciones empresariales y cuantas personas físicas o jurídicas pudieran convertirse en perceptores de fondos públicos.

«Esto es, personas físicas o jurídicas que reciban fondos públicos a través de subvenciones, ayudas, contratos o cualquier otro mecanismo jurídico», precisaron desde la Consejería de Transparencia. La futura ley, que sustituirá a la de 2016, extenderá su actuación más allá de la Administración autonómica y de los delitos concretos a los que se refiere la citada normativa.

Según han recordado desde el departamento que dirige Francisco Igea, la finalidad que busca el Gobierno autonómico con esta nueva norma es lograr una «adecuada gestión de los fondos y patrimonio públicos» para lo que busca implicar a los empleados públicos y a la sociedad en su conjunto para facilitar que cualquier persona pueda dirigirse a la Agencia a través de procedimientos que garanticen la confidencialidad, y, en el caso de los empleados públicos, a través del buzón virtual.

Las actuaciones de la agencia se iniciarán de oficio, por acuerdo de su titular a iniciativa propia, por petición razonada de otros órganos o instituciones públicas o por denuncia. Por otra parte, la persona encargada de dirigir la Agencia de Prevención y Lucha contra el fraude y la corrupción será elegido por las Cortes de Castilla y León, y tendrá entre otras, funciones de representación, dirección y coordinación de las actuaciones de este órgano. La norma establece el deber de «confidencialidad para todo el personal de este órgano», que viene a reforzar, así, las garantías del denunciante. 

Protección del denunciante

El texto publicado establece el estatuto de la persona denunciante con medidas destinadas a proporcionar un marco de protección ante «posibles represalias» que pudieran derivarse de la denuncia presentada, tanto en su situación laboral como personal, o que pudieran ocasionarle cualquier forma de «persecución, aislamiento o empeoramiento de sus condiciones de trabajo».

En concreto, se recogen la asesoría legal gratuita -en los procedimientos que pudieran derivarse de la presentación de una denuncia ante la Agencia- y la asistencia psicológica gratuita -cuando así lo requieran a causa de trastornos derivados de la presentación de las denuncias-, según Europa Press.

Multas desde 200 a 100.000 euros

Las infracciones detectadas por la Agencia contra el Fraude se calificaran como muy graves, graves y leves. En las primeras, que estarán sancionadas con una multa de entre 30.001 y 100.000 euros, se contemplan la presentación deliberada de información falsa en el curso de las investigaciones; la ocultación de la documentación requerida; la presentación de denuncias falsas; la ocultación deliberada de hechos susceptibles de corrupción; o cualquier tipo de coacción.

Las faltas graves, que tendrán una multa de entre 3.001 y 30.000 euros, son aquellas que contemplan la no asistencia a la comparecencia de la Agencia; el retraso injustificado del envío de la información cuando se derive un perjuicio para la investigación; dificultar el acceso a los expedientes; y cualquier otra actuación que impida o dificulte el ejercicio de las funciones de la Agencia.

Por último, las faltas leves, sancionadas con entre 200 y 3.000 euros, serán el retraso injustificado en el envío de la información; la falta de contestación a las propuestas que efectúe la Agencia; o el incumplimiento de las obligaciones que establece esta ley, según informa Ical.