Una menor irá al Supremo al reclamarle Hacienda una deuda

ALBERTO ABASCAL
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El juzgado de lo contencioso-administrativo del TSJ considera que puede haber una ocultación de bienes · Presentó además un concurso de acreedores por la situación de insolvencia familiar

Imagen de archivo de la Delegación de Hacienda de Palencia. - Foto: Pedro Flórez

La menor que se vio obligada a acudir a los tribunales y presentar un concurso de acreedores por las deudas que la agencia tributaria reclama a sus padres -abrieron una cuenta a nombre de sus hijos- por un importe de 116.085 euros, llevará el caso ante el Tribunal Supremo después de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia haya desestimado el recurso presentado por la propia adolescente en el procedimiento administrativo abierto paralelamente, al considerar probada por la sala una supuesta ocultación de bienes de sus progenitores con el objetivo de eludir las obligaciones fiscales, según informaron a Diario Palentino fuentes del proceso.

El procedimiento de declaración de responsabilidad solidaria por las deudas del progenitor tiene su origen en unas donaciones consignadas en la cuenta de la menor el 21 de enero de 2010, cuando la supuesta responsable tenía seis años. La Delegación de la AEAT de Palencia estableció que la deuda tributaria a ingresar por parte de la menor, incluidos los intereses de demora era, en principio, de 86.596 euros. La reclamación llegó al Tribunal Económico Administrativo de Castilla y León, que resolvió de forma desfavorable para el contribuyente en septiembre de 2019, lo que motivó este recurso que ahora ha sido desestimado por el TSJ. 

Cabe recordar que este caso fue destapado por Diario Palentino el pasado mes de julio cuando el juzgado de primera instancia número 1, que hace las veces del juzgado de lo mercantil, admitió a trámite la declaración de un concurso de acreedores presentado por la menor de edad, una vez que la Dependencia Regional de Recaudación de Castilla y León de la Agencia Tributaria le reclamara el importe de 116.085 euros tras abrirle un expediente de derivación por responsabilidad solidaria debido a las deudas contraídas por sus padres. Era primer caso de estas características que se presentaba en Palencia.

Las mismas fuentes indicaron que los hechos que han originado el expediente parten del año 2010 cuando la joven contaba solo con seis años de edad. Bajo este prisma, Recaudación entendía que  la niña «colaboró» con la supuesta ocultación de ingresos de los padres en su cuenta bancaria con la finalidad de impedir la actuación de la Agencia Tributaria. 

En aquel momento, el procedimiento abierto por la administración se encontraba recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que acaba de fallar, por lo que será el Tribunal Supremo el que tendrá la última palabra, las circunstancias personales obligaron a la menor, junto a sus padres, a presentar un concurso de acreedores en el juzgado. Según indicaron las fuentes judiciales consultadas, se trata de una situación de «insolvencia familiar» formada por el matrimonio y sus tres hijos menores, y con la pensión de la esposa como único recurso económico para toda la familia. Al parecer, los ingresos de la madre de familia provienen de una pensión que cobra al padecer una incapacidad permanente absoluta y cuyo importe además se encuentra embargado por la propia Agencia Tributaria por los mismos hechos.

Con el concurso familiar presentado por la firma Interforo Abogados, representada por el abogado palentino Jesús Puertas, «se pretende preservar la subsistencia de la familia y, consiguientemente, liberar de embargo y retenciones dicha pensión, así como establecer el importe de la cobertura de gastos necesarios para la subsistencia familiar durante la tramitación del concurso, tanto del respecto del patrimonio inembargable por su carácter inejucutable, como los correspondientes a su derecho de alimentos y cuando las necesidades apenas pueden ser cubiertas con dicho patrimonio inembargable».

«Con la promoción del concurso de acreedores se quiere aliviar las deudas familiares hasta donde legalmente sea posible y cumplir con sus mínimas obligaciones de supervivencia», mantiene Interforo Abogados.

Desde el punto de vista jurídico, la defensa legal de la familia argumenta que la insolvencia del matrimonio o la insolvencia familiar viene determinada por la imposibilidad de deslindar la titularidad de pasivos sin recurrir en demora a mayores gastos en la tramitación separada de los concursos.

Por lo demás, las familias y empresas que se declararon en concurso de acreedores (suspensión de pagos y quiebras) ante la imposibilidad de afrontar sus pagos y deudas sumaron 51 durante el primer trimestre de 2020 en Castilla y León, lo que supone un descenso del 3,8% respecto al mismo periodo de 2019.