El TC avala la última modificación de la Ley de Caza

SPC
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El TC rechaza el recurso del Defensor delPueblo y la cuestión planteada por el TSJ y ratifica la validad legal de la nueva normativa cinegética de la Comunidad

El TC avala la última modificación de la Ley de Caza - Foto: Ical

El Tribunal Constitucional avaló ayer con una nueva sentencia la última modificación efectuada en marzo de 2019 en la Ley de Caza de la Comunidad de Castilla y León, desestimando la cuestión de inconstitucionalidad que fue planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid.

Para el director de los Servicios Jurídicos de la Junta, Luis Miguel González Gago, con esta sentencia, y tras conocer el pasado jueves la que rechazaba el recurso del Defensor del Pueblo, definitivamente se cierra la controversia jurídica sobre la Ley y se garantiza la práctica de esta actividad.

Además, desde la Consejería de Fomento y Medio Ambiente se considera en un comunicado recogido por Ical que con esta sentencia se cierra un conjunto de resoluciones judiciales del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional «que dan fijeza y seguridad jurídica al Marco jurídico legal y reglamentario de la Caza en Castilla y León, una actividad esencial para intereses generales de la Comunidad».

En esta sentencia, según se resalta desde la Junta, se viene a recoger la misma postura y argumentos que ya manifestó el Tribunal Constitucional en el primer fallo de esta misma fecha que ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad planteado por el Defensor del Pueblo.

En este caso, sobre la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, y como remarcaban los Servicios Jurídicos de la Junta, el Tribunal Constitucional señala que la aprobación de la Ley de Caza no produce una infracción de los artículos 9 y 24 de la Constitución, es decir, no se vulnera ni el principio de legalidad ni el de tutela judicial efectiva, y aunque el dictado de la ley haya tenido efectos en un incidente de suspensión cautelar previamente acordado por la Sala en un recurso contencioso-administrativo contra el Decreto 10/2018 de la Junta, no por ello puede calificarse de ley singular, sin que exista una reserva reglamentaria de materias, por lo que la aprobación de leyes no puede quedar restringida porque exista un reglamento que esté impugnado judicialmente.

Tras conocerse la sentencia, el consejero de Fomento y Medio Ambiente, Juan Carlos Suárez-Quiñones, afirmó que la caza cuenta con un marco legal y reglamentario que da seguridad jurídica y fijeza para esta «actividad tan importante» en Castilla y León. En declaraciones recogidas por Ical, expresó la «satisfacción» porque el Tribunal Constitucional haya ratificado la modificación de la ley. El fallo, según dijo, «da seguridad jurídica y fijeza legal» hasta que se apruebe la nueva ley de caza en la que trabaja su departamento, a la vez que subrayó que la Junta entiende que esta actividad responde al interés general, que es irrenunciable para el equilibrio de las especies, para la sanidad de las cabañas ganaderas y para la salud de las personas.