La nueva Ley de Caza recoge actuar en emergencia cinegética

SPC
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La norma se somete a información pública hasta el 17 de enero y regula la compatibilidad de la caza con otros usos o la simplificación administrativa

Un cazador durante una jornada de caza el pasado año en la provincia de Soria. - Foto: Ical

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente somete, desde hoy y hasta el próximo 17 de enero, a trámite de información pública el Anteproyecto de Ley de gestión sostenible de los recursos cinegéticos de Castilla y León, que estará a disposición de la ciudadanía en la plataforma de Gobierno Abierto de la Junta de Castilla y León. El nuevo texto sustituirá a la actual Ley de Caza, vigente desde 1996, y pretende adaptar la regulación de esta actividad a los cambios que se han producido en estos 23 años.

En ese tiempo se ha registrado un notable incremento de los terrenos forestales, y las especies de caza mayor se han multiplicado, provocando incluso situaciones no deseables de desequilibrio poblacional, con daños como los derivados del aumento de los accidentes de tráfico y con mayor dificultad para controlar enfermedades de la fauna.

En el texto, que cambia incluso su nombre dada las novedades que incluye, se reconoce el papel tradicional de la caza y su notable relevancia cultural, deportiva, turística y social, y como instrumento del control ordenado de las poblaciones de la fauna silvestre, además de que se establecen importantes novedades para asegurar que se practique de forma sostenible, garantizando la conservación de las especies, contribuyendo al desarrollo de los territorios rurales.

Se establecen mecanismos eficaces y garantistas de control poblacional para corregir los efectos negativos que, por la sobreabundancia de determinadas especies, se pudieran producir para personas y bienes como sobre la sanidad humana y animal, seguridad vial, los cultivos e incluso para la misma conservación de los ecosistemas.

Una de las cuestiones sobre las que más se incide en el anteproyecto es que la caza debe realizarse en el marco de una planificación rigurosa, periódica y constante, que garantice su sostenibilidad. Por ello, todos los planes cinegéticos de los más de 5.000 cotos de caza que existen en Castilla y León deberán ser elaborados por técnicos competentes y aplicando unas metodologías estandarizadas y contrastables, tanto en la realización de los inventarios como en el cálculo de los cupos de caza, además de que deberán renovarse al menos cada cinco años.

También, se fija un sistema de seguimiento de las capturas realizadas, que garantice que no se superan los cupos de caza permitidos, además de proporcionar datos para el conocimiento actualizado de los ecosistemas. Para ello se prevé la implementación de una sencilla aplicación informática a través del teléfono móvil que permita a quienes practiquen la caza registrar las capturas que realicen. No obstante, se prevé un periodo transitorio de cuatro años, para adaptarse a este nuevo sistema.

El texto legal prevé la elaboración de una Estrategia de la Caza de Castilla y León, como documento estratégico, y la existencia de directrices o planes comarcales o de gestión de determinadas especies cuya situación así lo aconseje, que serán elaborados por expertos y validados por una Comisión Científica.

Al margen de la planificación, en el anteproyecto se incluyen otras múltiples novedades. Así, por primera vez se regula la compatibilidad de la caza con otros usos, y las prioridades entre ellos, para evitar los conflictos que en ocasiones surgen entre quienes practican la caza y quienes realizan otras actividades, recreativas o de otro tipo, en el medio natural y se prevé que las reservas regionales de caza puedan reducirse a petición de los propietarios de los terrenos, siempre y cuando se asegure una correcta gestión de las poblaciones existentes.

Se apuesta decididamente por la simplificación de los procedimientos administrativos y la administración electrónica, utilizando las nuevas tecnologías, de forma que casi todos los trámites relacionados con la actividad se podrán realizar telemáticamente, de forma mucha más rápida y cómoda.

Emergencias cinegéticas

Otra importante novedad es la posibilidad de declaración de emergencias cinegéticas, cuando en una comarca exista una determinada población de especie cinegética que resulte especialmente peligrosa para las personas o perjudicial para la agricultura, la ganadería, los montes, la conservación de otras especies o de los hábitats, o para la propia caza, con el fin de determinar las medidas conducentes a eliminar el riesgo y reducir, si procede, el tamaño de las poblaciones de la especie en cuestión, que serán obligatorias para los titulares cinegéticos.

Se crean las figuras de los cotos colaboradores y los cazadores colaboradores para ayudar a la obtención de información y experimentación en materia cinegética que contribuya a mejorar la gestión sostenible. Igualmente se permite cazar con nieve en determinadas condiciones, cuando hasta el momento la prohibición era total, o la obligación de recoger los casquillos de los cartuchos y balas, o que el cazador no deberá llevar consigo la documentación que ya obre en poder de la administración, y otras cuestiones que simplifican el ejercicio de la caza.

Se mantiene la obligatoriedad de contar con vigilancia privada, prevista ya en la ley anterior, si bien no llegó a desarrollarse reglamentariamente, considerando que es una medida que tendría una importante repercusión en la generación de empleo en el medio rural, y dotaría al sector cinegético de mayor peso y solidez.