Pide al Consistorio de Dueñas el saneamiento para su parcela

Alberto Abascal
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El Ayuntamiento estaba obligado por el TSJCyL a llevar a cabo las obras, incluido el acceso con pavimento, que le fueron reclamados por una vecina en el camino de Las Vinagras

Pide al Consistorio de Dueñas el saneamiento para su parcela

Una vecina de Dueñas ha presentado ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Palencia una demanda de ejecución forzosa contra el Ayuntamiento por no ejecutar, una vez superado el plazo legal previsto, la sentencia dictada por el TSJCyL contra esta administración pública, que fue condenada a que antes del 31 de diciembre de 2019 dotara a la parcela de dicha vecina de «la necesaria red de saneamiento y acceso con pavimento rígido» que le fueron reclamados en el camino de Las Vinagras. 

La recurrente, cuyos intereses legales han sido defendidos por el abogado palentino Máximo Rebolleda, planteó este caso, ya que, como se establece en la sentencia, ejerció numerosas reclamaciones iniciadas en enero de 2016 en uno u otro foro, incluido el Procurador del Común, sin que hasta ahora haya tenido respuesta por parte del Consistorio pese a las recomendaciones efectuadas por el propio Procurador del Común. De hecho, la recurrente indicó en su momento que tuvo que vivir siempre y criar a sus hijos «en un auténtico barrizal, más propio de barriadas marginales de las que puedan existir en las zonas de lo que llamamos Tercer Mundo que de un país que se supone moderno…».

En este caso, la administración demandada -argumenta el tribunal- admitió la naturaleza urbana de la finca en la que, según la reclamante, «existían unas pocas farolas en la zona que se encuentran muy distanciadas entre sí, así como abastecimiento de agua potable. La red de saneamiento municipal es inexistente y que la infraestructura viaria de la zona está sin pavimentar con pavimento rígido».

La sentencia, a la que ha tenido acceso Diario Palentino, argumenta que en la noción de servicio público van incorporados los principios de igualdad de acceso por los usuarios y de generalidad en la prestación, de modo que allí donde exista necesidad de servicio es el Ayuntamiento quien debe intervenir.

 «La normativa urbanística no puede llevar a propiciar o permitir que el Ayuntamiento permanezca en una situación de absoluta desidia y pasividad hasta que se proceda por el teórico obligado a ello a la urbanización de la vía pública, pues aunque es cierto que los servicios deben ser establecidos, en su caso, por el titular de la urbanización o promoción, si este no los realiza es el Ayuntamiento quien debe tomar la iniciativa para así dar cumplimiento a su deber legal», añade. 

multas coercitivas.  En la demanda de petición de ejecución forzosa la demandante solicita además que se impongan  multas coercitivas de150.500 euros a las autoridades, funcionarios o agentes que incumplan los requerimientos del juzgado o de la sala, así como reiterar estas multas hasta la completa ejecución del fallo judicial, sin perjuicio de otras responsabilidades patrimoniales a que hubiere lugar, así como la dedución del oportuno testimonio a los particulares para exigir las responsabilidades penales que pudieran corresponder, según exponen.