Por un retraso de la Santa Sede

ALBERTO ABASCAL
-

Una constructura y una congregación religiosa litigan por una compraventa de terrenos que necesitaba el visto bueno del Vaticano

Por un retraso de la Santa Sede

Nunca un permiso de la Santa Sede dio tanto juego a los jueces y magistrados de Palencia y más en concreto a la titular del juzgado de primera instancia número 4 y a los togados de la Audiencia Provincial.

Y todo para resolver las demandas cruzadas entre la Congregación de Franciscanos Menores Conventuales y la empresa Encofrados y Construcciones Grijota SL después de que ambas entidades suscribieran en octubre de 2013 un contrato de opción de compra de unos terrenos propiedad de la entidad religiosa.

La autorización dada por el Vaticano, condición indispensable, para oficializar la venta de los terrenos se retrasó diez días a la fecha pactada y ese fue precisamente el detonante que originó el lío que acabó en el juzgado primero y en la Audiencia Provincial en última instancia dado que las dos partes en litigio tenían diferentes formas de ver la aplicación de la correspondiente cláusula al respecto que figuraba en el contrato.

El juzgado de primera instancia número 4 estimó íntegramente la demanda interpuesta por la Congregación de Franciscanos Menores Conventuales y desestimó a su vez la interpuesta por la empresa constructora, que apeló al alto tribunal de la provincia al considerar que fue la Congregación quien, al carecer del permiso del Vaticano, hizo imposible que se llevara a cabo la operación, por lo que exigía que se extinguiera el contrato. Asimismo, la empresa también cuestionó la interpretación realizada por la juez de instancia sobre su supuesta «falta de intención real de hacer efectiva la opción de compra al carecer del efectivo necesario para hacer frente al precio de compraventa de los terrenos». 

Por ello, la sentencia de instancia resultó favorable a la entidad religiosa al entender la autoridad judicial que no se llegó a formalizar el contrato por la incomparecencia de la constructora a la firma notarial, una vez finalizado el plazo para hacer efectivo el acuerdo en octubre de 2016.

El problema, según la sentencia a la que ha tenido acceso Diario Palentino, surgió porque el 14 de octubre de 2016, fecha a la que se había prorrogado el otorgamiento de la escritura pública por el retraso en la autorización vaticana, dicha autorización no llegó. Siete días antes y por medio de burofax la congregación, a la vista del retraso en la obtención del permiso, comunicó la circunstancia a la parte compradora solicitando por lo tanto un retraso en la fecha para suscribir la escritura pública. 

Sin embargo, el mismo día 14 de octubre la constructora compareció ante la notaría y optó por dar por resuelto el contrato, requiriendo a la congregación religiosa la devolución de la prima que había sido entregada y cuantificada en 100.000 euros más sus intereses.

Franciscanos Menores Conventuales obtuvo el permiso de la Santa Sede el 24 de octubre, es decir 10 días después, hecho que comunicó a la compradora emplazándola a fijar fecha para acudir al notario a fin de suscribir la escritura pública, no obteniendo respuesta.

Para la juez de instancia, argumento que fue ratificado por la Audiencia Provincial posteriormente, «la verdadera y única voluntad de los contratantes, siendo conscientes de que la tramitación y obtención de la autorización de venta por la Santa Sede no era automática sino que exigía un plazo de tiempo no determinado de tramitación, era la de acordar que la formalización definitiva del contrato de compraventa y permuta quedara en suspenso hasta que el Vaticano otorgase el permiso». 

Este es el principal argumento por el que la Justicia da la razón a la congregación religiosa y desestima la pretensión de la empresa constructora.