Señales que salvan vidas, otras que condenan

Óscar Herrero
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La deficiente conservación de la señalización de las carreteras, si impide su principal función, la de evitar accidentes, puede llegar a acarrear responsabilidades civiles a las administraciones competentes en esas vías

Señales que salvan vidas, otras que condenan

La función principal de las señales es la de orientar y proteger a los conductores, pero para ello deben estar en el mejor de los estados. Si una señal no destaca del resto del paisaje, puede pasar desapercibida y el conductor se enfrenta al peligro, como dicen los ciclistas, a tumba abierta. Tener un chivato que advierta de lo que viene a continuación salva vidas. Y que no exista, tiene sus consecuencias.  


Tal y como señalan los fabricantes de señales en su último informe sobre la pérdida de garantías de las instaladas, que una no sea reflectante «no significa que la señalización esté totalmente inservible, pero su pérdida de visibilidad, por obsolescencia, podría acarrear indeseables consecuencias de responsabilidad jurídica a los titulares de las diferentes vías». Lo dicen los fabricantes, sí, una parte interesada, pero también los juzgados. 


Un ejemplo claro de todo esto lo encontramos en la propia provincia de Palencia: en el accidente de Naveros de Pisuerga de agosto de 2012, en el que perdieron la vida seis personas al caer su vehículo, de madrugada, a la decimotercera de las esclusas del Canal de Castilla. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León estimó parcialmente en 2017 el recurso de uno de los familiares de los fallecidos y obligó a la Diputación, responsable de la carretera PP-6112, a indemnizarle, al entender que «la conservación de la carretera era deficiente». 

Señales que salvan vidas, otras que condenanSeñales que salvan vidas, otras que condenan


Algo que ya reconoció el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palencia, aunque en aquel caso, en la desestimación de la demanda del familiar, argumentaba que «si bien como recogen los atestados de la Guardia Civil, la señalización no estaba en el mejor estado, la conductora debía haber hecho caso de la misma y reducir la velocidad». 


El TSJ reconoció posteriormente que la conductora circulaba a una excesiva velocidad, pero introdujo como determinante que «entre las causas por las que no minoró la velocidad a tiempo para evitar la salida de la calzada y la caída al Canal de Castilla incidió la deficiente señalización de la carretera existente, tanto que no pudo percatarse a tiempo del trazado de la curva, adaptando su velocidad y el radio de giro de la curva (unos 90º), o pudiendo realizar la necesaria maniobra de frenado y/o corrección de la trazada», señala la sentencia. Lo que se descartó desde el principio fueron las responsabilidades penales.


A destacar que la Diputación renovó a lo largo del año posterior al siniestro (sin esperar a ninguna sentencia) toda la señalización previa a la curva donde se salió el vehículo. Añadiendo además de señales nuevas, y con la retrorreflexividad intacta, catadióptricos junto a las marcas viales e incluso paneles luminosos. Está, además, a la espera de poder cambiar el trazado de esa carretera.