La Audiencia ratifica la sentencia de Gaspar Arroyo

ALBERTO ABASCAL
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(Ampliación) La empresa dependiente de la Junta que reconstruyó los edificios (2,26 millones) y el Ayuntamiento (539.239 euros) reciben las mayores indemnizaciones

La Audiencia ratifica la sentencia de Gaspar Arroyo

La Audiencia de Palencia ha estimado en parte el recurso de apelación interpuesto por Nedgia (anteriormente Gas Natural) y Mapfre contra la sentencia que les condenó a indemnizar con 7 millones de euros (la cantidad se disparaba inicialmente hasta los 15,5 millones por los intereses aplicados), a los afectados por la explosión de gas ocurrida en Palencia en 2007, pero no modifica su contenido esencial, ya que solo introduce matices en las costas del proceso y las indemnizaciones.

La sentencia del juzgado de primera instancia número 1 condenó a la compañía gasística y a la aseguradora a indemnizar de forma conjunta y solidaria a los afectados por los daños y perjuicios causados por la explosión de gas del 1 de mayo en la que murieron nueve personas, otras treinta resultaron heridas, se derrumbaron tres edificios y obligó a más de un centenar de vecinos a vivir fuera de sus casas durante su reconstrucción.

El fallo, que llegó ocho años después de que se archivara la causa penal y once años después de la tragedia, fue recurrido ante la Audiencia Provincial, que ahora ha resuelto en un fallo de 126 páginas, que puede ser recurrido en casación ante el Tribunal Supremo. 

La estimación parcial del recurso apenas ha modificado estas cantidades, puesto que únicamente se ha desestimado por prescipción de la acción ejercida la demanda formulada por la empresa Preventiva Compañía de Seguros, que se queda sin indemnización y deberá asumir las costas del procedimiento ordinario. Así, esta empresa no percibirá los 450.194 euros, más los intereses legales, más las costas procesales, que le habían estimado con la primera sentencia.

Asimismo, el fallo de la Audiencia Provincial absuelve también a la compañía de gas y a la aseguradora de tener que pagar a la compañía Ocaso Seguros y Reaseguros la cantidad de 11.484 euros, al resultar estimada en parte la excepción de prescripción de la acción alegada por las demandadas, en relación con la comunidad de propietarios del número 2 de la plaza del Instituto Viejo. Sin embargo, sí impone a las demandadas las costas procesales.

AYUNTAMIENTO Y JUNTA. En este sentido, cabe recordar que las indemnizaciones más destacadas por resolución judicial corresponden a Provilsa (empresa dependiente de la Junta que llevó a cabo la reconstrucción de los edificios afectados), con 2,26 millones de euros y al Ayuntamiento de Palencia, 539.239 euros. 

Por lo demás, el alto tribunal de la provincia mantiene que «en modo alguno puede considerarse una conclusión contraria a la racionalidad que impone las reglas de la lógica y sana crítica y, contrariamente a lo que sostienen las defensas de las recurrentes, los informes aparecen ampliamente razonados y fundados, y si a ello se añade la objetividad que se les presume y que sus conclusiones coinciden en lo fundamental con las de otros peritos no vinculados laboralmente con Gas Natural, en que la explosión fue por gas natural fugado proveniente de la válvula de acometida enterrada frente al edificio nº 4 de Gaspar Arroyo; que la válvula no era estanca en origen por mala instalación del tubo de polietileno, ya que no se instaló como recomendaba el fabricante, introduciendo el tubo de 54 milímetros dentro de la válvula frente a los 40,5 milímetros que constataron los técnicos en el momento de realizar la prueba de estanqueidad».

«No queda sino afirmar la prevalencia, para formar convicción, de los informes emitidos por los peritos judiciales, los técnicos de la Junta de Castilla y León y de la Policía Científica; por los del CSIC e INTA, en esencia coincidentes, que en conjunto permiten descartar que la explosión se debiera a gas butano o propano, o que se produjera por un mal uso o deficiente conservación de la instalación de gas natural por algún usuario del servicio, residente en dicho edificio, como vienen a defender como hipótesis las demandadas recurrentes, pudiendo afirmarse tras examinar al detalle las consideraciones de dichos informes periciales, sin incurrir en temeridad, que fue una fuga de gas natural con origen en la válvula de acometida enterrada frente al edificio de la calle Gaspar Arroyo nº 4 de Palencia, la causa u origen de la explosión», añade la Audiencia.

Asimismo, reitera que «no habiendo acreditado Gas Natural que la explosión haya tenido un origen distinto del que se declara probado en la sentencia de primera instancia una fuga de gas natural procedente de la válvula de acometida mal instalada, lo correcto es confirmar el pronunciamiento de la sentencia que así lo establece».

Por lo demás, el presidente de esta asociación, Jose Luis Ainsúa, mostró públicamente su satisfacción por el fallo de la Audiencia de Palencia que considera «demoledor» para las expectativas de Nedgia y de Mapfre, puesto que «ratifica prácticamente en su totalidad la sentencia de primera instancia, así como todos los informes que la asociación presento en su día y las reclamaciones económicas». «Cabe destacar que no solo se manifiesta esta sentencia en lo económico, si no que justifica y abunda más si cabe en la falta de responsabilidad de la compañía de gas en su prevención, además de obstaculizar el procedimiento judicial interesada mente, así como el buen hacer de la juzgadora en dicho procedimiento y los informes de las instituciones que fueron pieza clave en el resultado de la sentencia», añade Ainsúa.

Los acuerdos extrajudiciales marcaron los tiempos 

La sentencia de la sala de lo civil de la Audiencia Provincial, que se conoció ayer, tiene lugar pocos días después de conocerse, tal y como publicó este periódico, que la compañía Gas Natural (ahora Nedgia Castilla y León) y Mapfre habían alcanzado un acuerdo con las aseguradas Allianz y Zurich, que representan a afectados del caso Gaspar Arroyo, para indemnizarles por los daños ocasionados por la explosión de gas. En virtud de este acuerdo, ambas aseguradoras retiraron su correspondiente recurso de apelación.  

Allianz, cuyo montante de indemnización que debía percibir ascendía a los 566.000 euros -la segunda más alta establecida en la resolución judicial- es la compañía aseguradora que aportó la póliza del edificio número 4 de la calle Gaspar Arroyo, justo el bloque de vecinos donde se produjo la terrible explosión. Por su parte, la aseguradora Zurich representaba a afectados de los edificios colindantes al origen de la explosión y cuya cuantía establecida como indemnización en la sentencia de instancia se acercaba a los 500.000 euros.

 Según fuentes consultadas por Diario Palentino, la empresa gasística y su aseguradora llegaron a acuerdos con un buen número de afectados desde que se conoció la sentencia dictada por el juzgado de primera instancia número 1, especialmente por los afectados particulares y varias compañías de seguros. Estos acuerdos se unen a los que se establecieron justo ahora hace un año, cuando Gas Natural y Mapfre pactaron con 16 demandantes (representaban a 35 particulares) como afectados.