Absuelven a los dos cazadores acusados de disparar a un oso

ALBERTO ABASCAL
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El Juzgado de lo Penal considera que no está acreditado que dispararan al plantígrado · Los hechos ocurrieron en noviembre de 2017 en Casavegas, dentro del Parque Natural de Fuentes Carrionas

Absuelven a los dos cazadores acusados de disparar a un oso - Foto: FABIAN BIMMER REUTERS

El Juzgado de lo Penal ha absuelto a dos cazadores, M.A.Z. y J.M.G., acusados de un delito contra la fauna por disparar a un oso pardo, al que se buscó y no se halló, durante una cacería en noviembre de 2017 en Casavegas, en el Parque Natural  Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina.

Durante el juicio, celebrado el pasado 23 de mayo, los acusados reconocieron que participaron como cazadores en una montería autorizada por la Junta de corzo, jabalí y lobo dentro de la Reserva Regional de Caza Fuentes Carrionas, en La Pernía, pero negaron haber disparado a un oso, asegurando que habían disparado a un jabalí y a un lobo, tal y como habían afirmado durante la instrucción. Ambos aseguraron que durante la cacería habían realizado sendos disparos y que fue instantes después cuando uno de ellos vio a un plantígrado a unos 70 metros de distancia e indicó por la emisora que no disparasen.

Después se encontraron rastros de sangre, se tomaron muestras que confirmaron que se trataba de una osa y se montó un dispositivo de búsqueda y rastreo del animal, que no dio resultado.

En el juicio, el Ministerio Fiscal elevó a definitivas las conclusiones de su escrito de acusación considerando los hechos constitutivos de un delito contra la fauna por el que solicitaba para cada uno de los acusados una pena de 1 año y 3 meses de prisión y la inhabilitación para cazar durante 4 años.

El Juzgado de lo Penal, sin embargo, ha acordado su absolución en una sentencia hecha pública ayer contra la que cabe interponer recurso de apelación, y en la que considera que «de la prueba practicada no quedó acreditado que los acusados fueran autores del delito de que se les acusaba en este procedimiento». La juez argumenta que «no existe prueba directa de que los acusados disparasen a una osa. Ninguno de los testigos que depusieron en juicio oral vio a los acusados disparar a la osa». Además, durante la vista oral, los acusados negaron haber disparado a un oso, y sostuvieron que uno de ellos había disparado a un jabalí y el otro a un lobo, lo que corroboraron los testigos. Justo después de los disparos reconocieron haber visto un oso corriendo «sin que aparentemente indicara que estaba herido» y avisaron por la emisora para que se dejara de disparar porque había un oso en la zona.

También considera la jueza significativo que los restos de sangre hallados «no se correspondían con un reguero o enorme cantidad continuada» por lo que podría tratarse de una herida de no mucha entidad que pudiera haberse causado la osa con una piedra o palo en punta o en una pelea con otro animal. Además, añade el hecho constatado de que ambos acusados son cazadores expertos, que eran conocedores de la zona, que sabían que el oso es un animal protegido, que llevaban equipos, rifles de calidad con mirillas que permiten ver e identificar a los animales. «En estas condiciones es muy difícil pensar que los acusados disparasen a una osa o que pudieran confundir a la osa con otro animal», señala la jueza que considera que existen alternativas, «lógicas y probadas» para proceder a la absolución de los acusados.