La Audiencia ve indicios de delito en el azote de un padre

ALBERTO ABASCAL
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El alto tribunal de la provincia revoca el sobreseimiento de las diligencias dictado por el juzgado número 7 · La madre denunció el caso al comprobar la marca de los dedos en el cuerpo de la pequeña, menor de edad

La Audiencia ve indicios de delito en el azote de un padre

Recientemente una mujer de Pontevedra ha sido condenada a dos meses de cárcel por darle dos bofetadas a su hijo de 10 años cuando este se negaba a ducharse, una información que alcanzó trascendencia nacional. Los magistrados que la juzgaron consideraron que la acusada había cometido un delito de maltrato en el ámbito de la violencia doméstica.

Algo similar puede ocurrir en Palencia después de que Diario Palentino haya tenido acceso a un auto dictado por la Audiencia Provincial en el que considera que el azote propiciado por un padre a su hija menor de edad podría contener indicios de la comisión de un delito de maltrato en el ámbito doméstico. La decisión del alto tribunal de la provincia supone la revocación de otro auto dictado por el juzgado de instrucción número 7, que archivó la causa al entender, al igual que el Ministerio Fiscal, que dicho azote no suponía una agresión con repercusión penal y que no era desproporcional en el derecho de corrección del padre hacia su hija. Asimismo, el progenitor no tiene ningún tipo de antecedente, algo que también fue valorado por el juez instructor y la Fiscalía.

Según los datos aportados a este periódico, los hechos tuvieron lugar durante el pasado verano cuando la niña se encontraba bajo la custodia de su padre. Después de que la pequeña disfrutara de la piscina, su progenitor le encomió a que fuera a la ducha, momento en el que, al parecer, surgió el conflicto ante la negativa de la pequeña. El padre, que posteriormente reconoció los hechos, dada la actitud que había adoptado la pequeña, zanjó el asunto propinándole un azote, dejándole marcado los cinco dedos de la mano. 

A partir de aquí, el conflicto se acabó realizando ambos posteriormente una vida normal mientras duró su periodo de convivencia.

Sin embargo, después de que la pequeña regresara con su madre, esta decidió denunciar los hechos al comprobar que los dedos seguían marcados. De hecho, aportó un informe médico después de que fuera explorada en el que, al parecer, se refleja la marca dejada a consecuencia del azote. En el caso de la mujer de Pontevedra, la Audiencia consideró que la «reprensión ante una eventual desobediencia nunca puede justificar el uso de la violencia que la acusada ejerció». Los magistrados reconocieron que los progenitores tienen la facultad de corregir a sus hijos, algo que queda integrado dentro de los derechos y obligaciones que surgen de la patria potestad. Entienden, aún así, que esto «solo puede concebirse orientada al beneficio de los hijos y encaminada a lograr su formación integral. Tiene como límite infranqueable la integridad física y moral de estos». De hecho, la defensa argumentó que la conducta de la madre estaba amparada dentro del derecho de corrección, algo que los jueces descartaron.

En el caso de Palencia, la Audiencia Provincial se ha pronunciado en términos similares para revocar el auto dictado por el juez instructor al entender que podrían existir indicios de la comisión de un delito leve de maltrato doméstico, por lo que el caso no solo se ha reabierto sino que finalmente probablemente acabará en juicio.

Hay que recordar que desde el punto de vista jurisprudencial, el Ministerio Fiscal, que en este caso inicialmente no había visto indicios de delito, suele invocar en sus escritos de acusación los apartados 1, 2 y 3 del artículo 153 del Código Penal, que indican que golpear o maltratar de obra sin causar lesión, o por menoscabo psíquico o lesiones de menor gravedad, el apartado 1 concretamente establece una condena de seis meses a un año de prisión o de 31 a 80 días de trabajos en beneficio de la comunidad. Y el apartado 3 indica que se impondrán en la mitad superior si hay menores o sucede en el domicilio.

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