Prisión 'interruptus' por practicar sexo al volante

Nacho Sáez
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La pareja que fue grabada en la AP-6 alcanza un acuerdo con la Fiscalía y acepta una pena de seis meses de cárcel que quedará suspendida

Captura del vídeo que grabó otro conductor. - Foto: DS

«Su conducción era zigzagueante. El vehículo se movía de un lado a otro de su carril con riesgo para ellos mismos y para los demás usuarios de la vía». La fiscal Elena Martín Mayo describió de esta manera el peligro para el tráfico que provocaron el hombre y la mujer que fueron grabados en vídeo por otro conductor, el 15 de septiembre del año pasado, cuando practicaban sexo al volante en plena ruta por la autopista AP-6, a la altura del término municipal de Villacastín. Esas imágenes pronto se convirtieron en virales y dieron origen a una investigación que ha concluido con una condena judicial para ambos.

La Fiscalía solicitaba nueve meses de cárcel y prohibir conducir vehículos a motor y ciclomotores durante tres años a cada uno de los acusados, que se han sentado en el banquillo del Juzgado de lo Penal de Segovia por la presunta comisión de un delito de conducción temeraria. La vista oral duró muy pocos minutos debido a que previamente alcanzaron un acuerdo con el Ministerio Público para aceptar dos años y un día sin poder conducir así como seis meses de prisión. En este último caso, su cumplimiento quedará suspendido durante dos años en los que, no obstante, no podrán volver a delinquir.

Según explica la sentencia, a la que ha tenido acceso esta redacción, en torno a las 17:30 horas del 15 de septiembre de 2018, uno de los acusados conducía un Dacia Sandero propiedad de su padre, a la altura del kilómetro 81 de la AP-6, cuando su pareja «se sentó encima, abrazándole, con las piernas abiertas, colocándose ambos sobre el asiento del conductor, al tiempo que ella realizaba movimientos sexuales». Unos hechos fueron grabados por otro conductor, que publicó las imágenes en las redes sociales y que originó la apertura de pesquisas por parte del Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico (GIAT) del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Segovia. Después de visualizar las cámaras de control de la circulación, los agentes pudieron localizar el turismo y confirmar la identidad del conductor, un vecino de Madrid al que se le notificó la investigación que se había iniciado. Este reconoció los hechos e identificó a su acompañante, que también fue acusada de un delito de conducción temeraria en concepto de inductora. 

«Circulaban por el carril izquierdo de la autopista, adelantando a varios vehículos pese a que el acusado y conductor no prestaba atención alguna a la conducción al estar realizando actividades con su pareja incompatibles con aquélla», resume la sentencia, que remarca que las actitudes descritas hacían que «su conducción fuera zigzagueante». «El vehículo se movía de un lado a otro de su carril con riesgo para ellos mismos y los demás usuarios de la vía», añade.

Uno de los testigos que declaró durante la instrucción señaló que circulaba por la misma carretera con un vehículo Skoda y que intentó adelantar al turismo de los acusados. Sin embargo, tal y como figura en el apartado de hechos probados de la sentencia dictada por el titular del Juzgado de lo Penal de Segovia, Faustino Gudin, tuvo que desistir «bruscamente» de realizar esa maniobra para evitar ser arrollado, ya que el Dacia Sandero de la pareja invadió su carril.

Los hechos fueron dados a conocer a la opinión pública por la propia Guardia Civil en el momento en que ocurrieron a través de su perfil de Twitter. El cuerpo agradeció la colaboración ciudadana para esclarecer el delito y también se permitió bromear: «Gracias a vuestra ayuda Guardia Civil #Tráfico #Segovia investiga a dos personas por un presunto delito delito contra la seguridad vial tras recibir un vídeo que circulaba por RRSS #CONSEJO... para conducir con seguridad hay que estar ‘muy frío’». Todos los medios de comunicación nacionales se hicieron eco de la noticia y el vídeo superó las 75.000 visualizaciones sólo en el perfil de Twitter de la Guardia Civil. 

El artículo 380 del Código Penal recoge que el delito de conducción temeraria puede ser castigado con penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir de uno a seis años.