Confirman la pena por hurtar dinero a su tía moribunda

Alberto Abascal
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El TSJCyL ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial en septiembre, que condenó a un hombre identificado como S.B.A. a dos años y tres meses de prisión y una multa de 2.400 euros como autor de la apropiación indebida de 52.000 euros

Confirman la pena por hurtar dinero a su tía moribunda - Foto: Juan Mellado

El TSJCyL ha ratificado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial en septiembre, que condenó a un hombre identificado como S.B.A. a la pena de dos años y tres meses de prisión y una multa de 2.400 euros como autor responsable de un delito de apropiación indebida de 52.000 euros que pertenecían a su tía abuela, precisamente el mismo día que la víctima falleció.

La Audiencia consideró como hechos probados que el acusado, haciendo uso de la autorización que su tía abuela, de 89 años, le había hecho para operar en la cuenta bancaria que tenía en una sucursal de Aguilar -sin contar con su necesario consentimiento y aprovechando que la mujer  se encontraba ingresada de urgencia en el hospital  Río Carrión desde el día 6 de febrero de 2017 y se hallaba en sus últimas horas de vida- acudió  dos días después a la citada sucursal bancaria. Allí, procedió a retirar de la referida cuenta de la anciana la cantidad de 52.000 euros, ordenando para ello una transferencia desde dicha cuenta a otra en la misma entidad bancaria de la que era titular exclusivo, haciendo suyo el dinero transferido.

circunstancias médicas. Las circunstancias médicas de la mujer, ingresada por problemas cardio-respiratorios e insuficiencia renal, eran conocidas por el acusado quien estuvo esa misma mañana en el hospital donde le fue comunicado el previsible fatal desenlace del estado de su tía abuela, la cual falleció a las 19,45 de esa tarde.

Las herederas, según el testamento que otorgó el 3 de septiembre de 1986, eran sus dos sobrinas carnales, una de ellas   la madre del acusado. Por otro lado, la Sala considera que no quedó acreditados el carácter delictivo del resto de hechos objeto de acusación.