Seis años de internamiento para el menor que mató a 'Eli'

SPC
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El Juzgado de Menores de Valladolid ha condenado a seis años de internamiento terapéutico y a tres años más de libertad vigilada a un menor de edad por el asesinato de 'Eli', de 59 años, a quien también robó, cerca de un centro comercial

Los hechos ocurrieron junto a un centro comercial de Valladolid.

El menor autor de una paliza que se produjo en agosto de 2018 y acabó con la vida de un transexual, conocido como La Elia, con el que mantuvo relaciones sexuales junto al Centro Comercial Vallsur de Valladolid, ha sido condenado por el Juzgado de Menores a un internamiento terapéutico en régimen cerrado por una duración de seis años, complementada por una medida de libertad vigilada de tres años, siendo de abono el tiempo de la medida cautelar. El juez le considera autor responsable de un delito de asesinato y un delito de robo con violencia, según la sentencia conocida hoy y recogida por Ical.

Además se establece para el menor el pago de 20.000 euros de indemnización para los familiares del fallecido y el pago a Sacyl de la la suma de 46.764,43 euros por el coste de la asistencia hasta que la víctima falleció, respondiendo ante dichas solidariamente los progenitores del condenado, en un 100 por 100 el padre y en un uno por ciento la madre, según se recoge en el fallo judicial.

Como hechos probados la sentencia explica que el menor, de 15 años en el momento de los hechos, y sin conocimiento ni consentimiento de su madre, con la cual convivía en Puente Duero, se fue a la casa de unos amigos situada en los alrededores del Centro Comercial Vallsur. Hacia las cinco de la mañana recibió una llamada de su madre al percatarse de su ausencia del domicilio, negándose el menor a decirle, pese a los requerimientos de la otra, dónde estaba, si bien le aseguró que estaría en casa hacia las siete, hora que la familia tenía previsto salir para pasar un día de playa en Cantabria.

Al llegar a la altura del Centro Comercial Vallsur, el menor cruzó la calzada en la confluencia de la calle Camino Viejo de Simancas con la avenida de Zamora, donde se encontró casualmente con la víctima quien llevaba varios minutos por la zona, paseando arriba y abajo sin objeto aparente. “No consta contacto de clase alguna, ni conocimiento previo, entre ellos”, añade.

Relaciones sin coacción

El relato de los hechos señala que, tras una breve conversación ambos acordaron mantener relaciones sexuales y “de forma distendida y sin que medie coacción alguna del mayor sobre el menor”, recorrieron toda la fachada del centro comercial que da a la avenida de Zamora -unos 200 metros- hacia unas escaleras, las segundas según el sentido de la macha, que comunican la calle con las salidas de urgencia del parking subterráneo del centro comercial.

“Alcanzado este punto, tras cruzar el menor y la víctima unas palabras, siendo conscientes de la existencia de cámaras de seguridad en la zona, decidieron bajar las escaleras, yendo el menor el primero, sentándose luego en uno de los últimos peldaños, tras lo cual la víctima se colocó frente a él y, tras dejar el bolso en el suelo se inclinó y le realizó una felación”, explica el fallo.

Luego, “en la posición descrita y de forma sorpresiva, repentina e inesperadamente”, prosigue la sentencia, el menor saltó sobre las espaldas de la víctima “colocando sus piernas prácticamente a la altura de las caderas del otro, totalmente desprevenido, y en una rapidísima maniobra pasó su brazo por delante de la garganta y tirando violentamente hacia atrás lo tiró al suelo. Allí lo inmovilizó ayudándose con su propio cuerpo y sus piernas mientras mantenía, con intención de provocar su asfixia, una fuerte presión sobre la garganta de la víctima que se prolongó durante unos dos minutos”.

Hospitalización

La víctima permaneció hasta el 17 de septiembre en la UCI y ese día pasó a hospitalización de neurología. Durante todo ese tiempo permaneció estable dentro de la gravedad. Sufrió procesos infecciosos que superó sin recuperar la conciencia, pero el 21 de septiembre experimentó un empeoramiento general y falleció el 22 de septiembre de 2018 a las 19.45 horas como consecuencia de los múltiples traumatismos craneoencefálicos y la anoxia por compresión cervical que produjeron el daño cerebral.

El fallo judicial confirma que en la tarde del mismo día en que ocurrió la agresión, la madre del menor, al conocer que su hijo podía ser el autor, se dirigió a casa de una amiga donde se encontraba el menor y tras hablar con él le dijo que tenía que entregarse y confesar los hechos, tras lo cual ambos se presentaron sobre las seis de la tarde en la comisaria de Delicias, donde el menor confesó ser el autor de la agresión y entregó los teléfonos sustraídos.

No está acreditado que el menor hubiera consumido de drogas o alcohol en cantidad que afectara a sus facultades volitivas o intelectivas, mientras el menor no presenta ninguna enfermedad psicopatológica que altere o disminuya su imputabilidad. Lleva cumpliendo una medida cautelar de internamiento terapéutico en régimen cerrado. La víctima tenía 59 años, carecía de ascendientes y descendientes y vivía solo aunque tenía cuatro hermanos.

Madre preocupada

En la resolución judicial se apunta que desde 2008 la madre del menor acudido a todo recurso que ha podido y son llamativos los uinformes del Centro José Montero, como los del CEAS de Rondilla, del Servicio de Intervención Social del Ayuntamiento de Valladolid, CEO Zambrana, y de los Centros Educativos por los cuales ha pasado el ahora condenado

Se indica que todos los informes tienen como denominador común la existencia de una madre preocupada y entregada a la educación de su hijo. “O usando las palabras del Informe de la Educadora de la Residencia Juvenil José Montero, plasmadas en el Informe de 11 de abril de 2019, la madre ha hecho esfuerzos denodados por sacar su hijo adelante, por atender sus necesidades materiales y emocionales, por ser ejemplo de persona de bien, trabajadora y respetuosa y, donde no llegó, solicitó ayuda a la Institución específica de protección”, concluye la sentencia.