El Consultivo declara válido el acuerdo de la calle Jardines

Carlos H. Sanz
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Varapalo para el Ayuntamiento, que tendrá que afrontar el «problema económico más grave» de su historia, el pago de 25 millones de euros a la Diputación

El Consultivo declara válido el acuerdo de la calle Jardines - Foto: Eva Garrido

El Consejo Consultivo de Castilla y León dictaminó ayer que «no procede que el Ayuntamiento declare la nulidad de pleno derecho de los actos aprobatorios del convenio expropiatorio y urbanístico suscrito con la Diputación, de sus prórrogas y de los demás actos relativos a la expropiación de los terrenos objeto del convenio» de la calle Jardines. 

Un auténtico varapalo para el Consistorio, que con este informe se queda sin argumentos para defender su posición y coloca al equipo de Gobierno de Ciudadanos y el Partido Popular frente al «problema económico más grave» en la historia del Consistorio: el pago de 25 millones de euros a la institución provincial.

Antes de desentrañar los motivos que alegan los técnicos del Consejo Consultivo para declarar válido el convenio de la calle Jardienes, conviene repasar los polvos que han traído este lodazal para las arcas municipales.

En 2010, en las postrimerías de sus mandatos, el socialista Heliodoro Gallego y el popular Enrique Martín alcanzaron un acuerdo que permitió conectar de una vez por todas la calle Jardines, y que pasaba por la cesión de 38.287 metros al Ayuntamiento a condición de que este le devolviera a la Diputación en el plazo de dos años 18.113 de esos metros convertidos en suelo urbanizable y con una edificabilidad mejorada.

Esa recalificación debía deparar a la institución provincial 19 millones de euros a través de la explotación urbanística de ese suelo, la cantidad fijada por la Comisión Territorial de Valoración para las parcelas de la calle Jardines.

Sin embargo, el pacto nunca se ejecutó y ambas instituciones lo fueron aplazando con cuatro prórrogas -2012, 2014, 2016 y 2018- lo que ha generado más de 5 millones de euros en intereses. En octubre del año pasado, el Partido Socialista dijo basta y obligó a ambas instituciones a crear una mesa de trabajo que negociase una solución definitiva antes del 31 de marzo de 2019.

Seis meses de reuniones y negociaciones que no fructificaron en un acuerdo político, salvo el de recurrir al Consejo Consultivo para saber si el acuerdo firmado en 2010 era nulo, como argumentaba el Ayuntamiento, o no, como lo hacía la Diputación.

En el impás en el que el órgano regional analizó el convenio, la institución provincial recurrió a los tribunales, presentando un recurso contencioso-administrativo por el impago de los 25 millones de euros, lo que supuso la judicialización del conflicto entre las instituciones y, en el aspecto político, la reprobación del Ayuntamiento a Ángeles Armisén, presidenta de la Diputación, y a Alfonso Polanco, exalcalde de la ciudad y actual teniente de alcalde y diputado provincial.

Estos son los trazos gruesos de lo ocurrido hasta el dictamen del Consejo Consultivo al que ayer tuvo acceso este periódico.  

argumentos. De forma resumida, los motivos que llevaron al Ayuntamiento a plantear la nulidad del convenio de la calle Jardines ante el Consejo Consultivo fueron tres: es imposible de ejecutar, prescinde total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido y, por lo tanto, es contrario al ordenamiento jurídico. El dictamen echa abajo los tres. 

El primer argumento esgrimido por el Ayuntamiento, el de que el acuerdo es imposible de ejercutar, tiene que ver con cómo se diseñó el acuerdo en 2010. El convenio, realmente, iba mucho más allá de los 1.500 metros cuadrados que se necesitaban para terminar la calle Jardines y conectar la zona de Parque Europa con el centro de la ciudad. Era una macrooperación urbanística en el barrio Santiago en la que las dos partes ganaban, pero que la crisis económica y el estallido de la burbuja inmobiliaria se encargó de arruinar.

Ese diseño urbanístico se realizó conforme a un justiprecio fijado por la Comisión Territorial de Valoración de 17.431.778,32 euros -más otros 1.732.975,67 euros de intereses- en función del Plan General de Ordenación Urbana de 1992. Sin embargo, cuando se firmó el acuerdo, en 2010, la ciudad se había dotado de un nuevo PGOU en 2008.

Para el Ayuntamiento, ese cambio en el ordenamiento urbanístico, supuso la desaparición de la declaración de utilidad pública y la invalidez de todo lo actuado en el procedimiento expropiatorio, incluido el justiprecio fijado. 

Sin embargo, el Consejo Consultivo no comparte tal criterio, y destaca que la Diputación cumplió con los trámites y plazos establecidos en la ley para que se iniciara el procedimiento expropiatorio y se fijase el justiprecio, por lo que la modificación del PGOU no le afecta. Dicho de otra forma, la institución provincial, tiene derecho al abono del justiprecio.

Además, los técnicos recuerdan al Ayuntamiento que el convenio se firmó «de forma amistosa» y que ambas partes se comprometieron a desistir de los recursos contencioso-administrativos interpuestos frente al acuerdo de justiprecio, lo que supone la aceptación del mismo

la notificación. El segundo argumento esgrimido por el Ayuntamiento para pedir la nulidad fue que se había prescindido «total y absolutamente» del procedimiento legalmente establecido, concretamente, en las obligaciones de información pública y notificación a los propietarios -la Diputación y la Junta de Castilla y León- durante el proceso de expropiación.

Pues bien, el Consultivo tampoco comparte este criterio y recuerda al Consistorio que tanto la Diputación como la Administración autonómica tuvieron conocimiento de la aprobación del PGOU y de la declaración de utilidad pública de las obras previstas en ellos, así como de la necesidad de ocupación de los terrenos afectados.

En tercer lugar, a consecuencia de los dos puntos anteriores, el Ayuntamiento consideraba que los actos eran contrarios al ordenamiento jurídico, pero dado que para el Consejo Consultivo el Ayuntamiento no tenía razón en ninguno de los dos, también descarta este último argumento.

Con todas estas explicaciones, el Consejo Consultivo acaba por discrepar del criterio sostenido por el Ayuntamiento y considera que no concurre ninguna de las causas alegadas por él para declarar la nulidad de pleno derecho de los actos cuya revisión pretende.

El dictamen es firme para el Ayuntamiento, que se queda sin argumentos para defender su posición, por lo que afrontará el proceso judicial iniciado por la Diputación sin apenas garantías de que sus razonamientos obtengan el respaldo del Tribunal Superior de Justicia. Además, se abre otra pregunta de difícil respuesta: ¿cómo va a pagar 25 millones de euros a la institución provincial sin comprometer el futuro de la ciudad?