Un juzgado exonera a un matrimonio de una deuda de 262.500 e.

Alberto Abascal
-

El objetivo de la Ley de Segunda Oportunidad es que los emprendedores puedan seguir con su actividad

Un juzgado exonera a un matrimonio de una deuda de 262.500 e.

El Juzgado número  7  ha dictado un auto por el que cancela una deuda de 262.503 euros en aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad. Según explican los abogados de la firma Repara tu Deuda los hechos arrancan cuando el matrimonio «montó un negocio con grandes ilusiones». 

«Sin embargo, más tarde llegó la crisis. Intentaron aguantar todo lo posible para remontar la situación. Por desgracia, lo único que hicieron fue aumentar sus deudas. Cerraron y se quedaron con grandes pérdidas. Por este motivo, no tuvieron más remedio que empezar el proceso para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad», añaden.

En la resolución judicial, que se puede recurrir, se recoge en los fundamentos de derecho que el matrimonio no tiene proceso penal alguno pendiente. 

Los deudores celebraron el acuerdo extrajudicial de pago con sus acreedores, a la vez que no han incumplido las obligaciones de colaboración que estipula la Ley Concursal. Entre los pasos que han dado, se incluye que han presentado un plan de pagos que ha sido aprobado por la vía judicial, según informó Repara tu Deuda. 

El objetivo de la Ley de Segunda Oportunidad es que los emprendedores por cuenta propia queden exonerados de las deudas contraidas y puedan seguir ejerciendo su actividad. La normativa surge para que aquellas personas físicas o jurídicas que pusieron en marcha un negocio, y que como consecuencia de la crisis fracasaron, no estén endeudadas durante toda la vida, y puedan retomar una actividad empresarial.

 Esta legislación permite la exoneración de la deuda de particulares y autónomos siempre que se demuestre previamente que el deudor ha actuado de buena fe o que el importe debido no supere los cinco millones de euros.