Desestimado el recurso de Ayuela por apropiarse de un solar

Carlos H. Sanz
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El Ayuntamiento registró en el Catastro y construyó sin permiso en un solar de 219 m2 propiedad de una vecina

Desestimado el recurso de Ayuela por apropiarse de un solar

El Tribunal Supremo no ha admitido el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Ayuela de Valdavia contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial en la que condenaba al Consistorio de esta pequeña localidad de 54 habitantes ubicada a 20 kilómetros de Saldaña, a desmontar un parque infantil y retirar un acera que construyó sin permiso en un terreno que pertenecía a una vecina de 82 años.

De esta forma se declara firme la condena, por lo que el Ayuntamiento deberá negociar con la familia la reposición de los bienes que hizo suyos de forma ilícita. Esta rocambolesca historia comienza a principios de 2015, cuando el Consistorio inicia la construcción de una zona de juegos y un nuevo acerado en una zona anexa al lavadero público. Mercedes Díez Villegas y su familia se reunieron con el entonces alcalde, Jesús Alberto Villegas Rodríguez, para explicarle que esos terrenos no eran municipales y que, por lo tanto, no podía construir nada ahí sin permiso.

A la frustración de Mercedes y su familia ante el empeño del primer edil en continuar con la construcción del parque infantil se unió su sorpresa e indignación cuando descubrieron que el Ayuntamiento había acudido al Catastro para poner la propiedad de ese terreno, unos 219 metros cuadrados, a nombre del municipio. 

Esta vecina y su familia denunciaron al Ayuntamiento pero fue archivada, por lo que el 14 de abril de 2016, con Conrado Fernández como alcalde -quien tampoco atendió la reclamación de la familia-, Mercedes Díez Villegas presentó una demanda con el fin de que la justicia la declarase propietaria de la franja de terreno de 219 metros cuadrados de superficie y que obligase al Ayuntamiento a retirar de la misma cuantas construcciones y edificaciones hubiese hecho sobre ella.

El Consistorio defendió ante la jueza de Carrión que era el legítimo dueño de pleno dominio de la finca del lavadero -aneja a la de esta vecina- ya que así constaba inscrita en el inventario de bienes de la localidad, donde se hacía referencia no solo a la construcción del lavadero sino también a un terreno anexo de unos 114 metros cuadrados. 

Tras analizar los argumentos, la jueza de primera instancia de Carrión de los Condes dio la razón a Mercedes Díez y su familia. Un fallo que el Ayuntamiento de Ayuela recurrió a la Audiencia Provincial, primero, y al Tribunal Supremo, después. Ambas sin éxito.