Los ayuntamientos tienen de plazo hasta el próximo 30 de septiembre para presentarse a la convocatoria de la Diputación para la concesión de subvenciones para la mejora de las instalaciones deportivas mediante la ejecución de pequeñas obras, renovaciones, reparaciones o para la ampliación de complejos deportivos. Quedan excluidas las reformas en instalaciones de piscinas, parques infantiles o biosaludables y en aquellas otras para las que la institución provincial haya convocado en 2021 o 2022 una convocatoria concreta.
Se trata de una nuevo emplazamiemnto que se enmarca en el Plan extraordinario de Impulso a la Agenda Rural frente al Reto Demográfico de la Diputación y se incluye en la alineación de los objetivos del programa con la Agenda Urbana, el desarrollo de medidas frente al Reto Demográfico y los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
La cuantía total de las subvenciones asciende a 800.000 euros, del presupuesto de la Diputación para este ejercicio 2022 y se podrá establecer una cuantía adicional de crédito, con un máximo de 150.000, que no requerirá de nueva convocatoria.
La convocatoria de enero se resolvió a principios de abril, y a través de ella se destinaron 350.000 euros a 27 localidades.
Las actuaciones a subvencionar deberán referirse a obras de rápida ejecución, para mejorar, renovar instalaciones deportivas como suelos, cubiertas, elementos que mejoren o potencien la vida útil y el grado de uso de la instalación, creación de vallados, sobre todo cuando supongan una mayor seguridad, o la ampliación de complejos para otras modalidades deportivas y así potenciar su oferta.
No entran en esta convocatoria las inversiones que tengan una vida útil inferior a cinco años, así como las que se refieran a la adquisición de mobiliario, enseres y vehículos; ejecución de nuevas instalaciones, salvo las adyacentes a las ya existentes; realización de elementos meramente decorativos o estéticos; accesos a las instalaciones, ni los gastos de personal.
La subvención no será superior al 70% del presupuesto presentado o ejecutado, ni inferior al 60% según documento técnico o memoria, ni superior a 20.000 euros.