La ordenanza de terrazas regresa a comisión con novedades

Carlos H. Sanz
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El nuevo texto fija a los establecimientos un plazo mínimo de 20 días naturales con los veladores montados y retoma la regulación de televisores y actividades en ellas

La ordenanza de terrazas regresa a comisión con novedades - Foto: Eva Garrido

La nueva ordenanza reguladora de terrazas en la vida pública, llamada a regular las denominadas terrazas-covid, retoma hoy el camino hacia su aprobación después de que en el último pleno el equipo de Gobierno de PP y Cs no lograse su aprobación. Este nuevo intento introducirá novedades respecto al texto que se debatió y votó el jueves pasado.

Esos cambios son principalmente cuatro. El primero introduce la regulación de actividades «gastronómicas, dinamizadoras, culturales y musicales» en las terrazas, que se concederá «previa solicitud mediante registro» y que, en el caso de las últimas, se autorizarán «siempre que no concurran locales colindantes o en la misma zona en día y horario, con un límite de 3 horas consecutivas  -contando el montaje y desmontaje- y debiendo garantizarse al menos cuatro horas de descanso entre una actividad y otra. 

El horario límite para poder realizar estas actividades será hasta las 22 horas de octubre a marzo, ambos incluidos, y hasta las 24 h de abril a octubre. Además, el Ayuntamiento rechazará las solicitudes cuando coincidan en la misma zona con actividades organizadas por ellos o en las que colabore. Las solicitudes deberán presentarse con, al menos, 15 días de antelación. 

El segundo cambio es la regulación de la colocación de televisores en las terrazas. Concretamente, dejará de necesitarse un decreto de Alcaldía para permitir su autorización «durante la celebración de eventos deportivos (Olimpiadas, Mundiales, Campeonatos de Europa, UEFA...) o actividades deportivas de cualquier modalidad en las que participen deportistas o equipos en representación de España o de la ciudad de Palencia». 

El sonido de las televisiones tendrá que estar «a nivel ambiente y sin superar los decibelios establecidos en la normativa sobre ruidos» y se fija un horario límite hasta las 22 horas (de octubre a marzo) y hasta las 24 h (de abril a octubre). También se podrán instalar en las fachadas si no sobresalen más de 0,10 metros». 

Estas dos cuestiones ya constaban en la ordenanza que se dictaminó en comisión de Tráfico en diciembre, sin embargo, no contaban en el texto final que se debatió en el pleno por acuerdo de los portavoces de los grupos municipales.

Hoy se vuelven a dictaminar aquel texto, en el que, además se incluyen dos novedades a mayores. Así, el tercer cambio es que se obliga al establecimiento al que se le autorice la instalación de terraza a «estar abierto al público con la terraza montada como mínimo 20 días naturales al mes a excepción del período vacacional o de urgencia sobrevenida».

Y el cuarto amplía a 1,80 metros el acho del paso en la acera en la que se instale una terraza para respetar la normativa sectorial de accesibilidad en los espacios públicos urbanizados.