El Juzgado de lo Penal deniega el último recurso del sí es sí

ALBERTO ABASCAL
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La defensa legal solicitaba que se le impusiera al reo por un delito de agresión sexual una pena de 18 meses de multa y se le conmutara la de un año de cárcel

El Juzgado de lo Penal deniega el último recurso del si es si - Foto: ÓSCAR NAVARRO

El Juzgado de lo Penal ha dictado un auto judicial por el que ha desestimado la revisión de la condena impuesta a un palentino por un delito de agresión sexual y por la que entró en prisión el pasado mes de diciembre, según la resolución a la que tuvo acceso Diario Palentino.

La defensa legal del acusado solicitó ante los tribunales de Justicia de Palencia que este caso fuera revisado y se acogiera a la nueva Ley de Garantía de la Libertad Sexual, conocida como ley del solo sí es sí.

Concretamente, la defensa legal de este palentino solicitaba que se le impusiera una pena de 18 meses de multa, a razón de tres euros diarios y se le conmutara la de un año de cárcel por la que fue condenado inicialmente por el Juzgado de lo Penal. 

Sin embargo, el tribunal del Juzgado de lo Penal ha desestimado dicha pretensión, tal y como también solicitaba el Ministerio Fiscal, al argumentar que no se ha podido determinar en este caso que respecto de los delitos de agresión sexual previstos hoy en el art. 178.1 del Código Penal «exista una penalidad más favorable para el reo, a la vista de las circunstancias concurrentes que determinan la agravación de la misma y de la lectura de los hechos probados recogidos en la sentencia».  En cualquier caso, la defensa legal del procesado ha anunciado que recurrirá este auto ante la Audiencia Provincial. 

Este es el décimo y último caso revisado tanto en la Audiencia Provincial como en el Juzgado de lo Penal para acogerse a la nueva Ley de Garantía de la Libertad Sexual, conocida como ley del solo sí es sí.

DOS REBAJAS. Como ha publicó Diario Palentino la semana pasada el presidente de la Audiencia Provincial, Ignacio Javier Rafols Pérez, confirmó que en Palencia se han producido dos rebajas efectivas de las penas inicialmente impuestas por abuso sexual en este órgano judicial. 

Es consecuencia de la aplicación de la conocida como ley del solo sí es sí. En uno de los casos, la rebaja ha conllevado la excarcelación del penado, aunque había cumplido ya diez de los 10,5 años de prisión por los que fue condenado. 

En el segundo de los casos, la pena del reo, que inicialmente había sido condenado a ocho años de prisión, ha sido rebajada a seis años de cárcel y, por lo demás, continúa el cumplimiento de la misma en el centro penitenciario correspondiente. El alto tribunal de la provincia revisó ocho procedimientos, mientras que el magistrado del Juzgado de lo Penal lo hizo en otros dos. Todas las resoluciones dictadas mediante un auto son recurribles.