Dos condenados a 8 y 10,5 años se benefician del 'sí es si'

Alberto Abascal
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La Audiencia Provincial ha revisado ocho casos, mientras que en el Juzgado de lo Penal recibió otros dos, desestimándose uno de ellos mientras que el segundo se encuentra en trámite

Imagen de una manifestación celebrada contra los delincuentes de carácter sexual. - Foto: EUROPA PRESS

El presidente de la Audiencia Provincial, Ignacio Javier Rafols Pérez, confirmó ayer a Diario Palentino que en Palencia se han producido dos rebajas efectivas de las penas inicialmente impuestas por abuso sexual en este órgano judicial como consecuencia de la aplicación de la conocida como ley del sí es sí. El trámite de revisión se inició en aquellas sentencias dictadas por la Audiencia Provincial y el Juzgado de lo Penal en delitos contra la libertad sexual en las que el penado se encuentra cumpliendo de forma efectiva la condena de prisión que le fue impuesta.

Así, el número de sentencias revisables ha ascendido a diez, ocho en la Audiencia Provincial y dos en el Juzgado de lo Penal. De todas ellas, solo en dos casos se ha procedido a la rebaja efectiva de la pena inicialmente impuesta, mientras que en el resto no se ha modificado la pena al ser la nueva regulación igual o más desfavorable que la anterior. En el Juzgado de lo Penal concretamente, una de las dos sentencias revisadas ha sido desestimada, mientras que la segunda está en trámite, aunque el Ministerio Fiscal ha emitido un informe desfavorable sobre cualquier modificación sobre ella en cuanto a la resolución final.

En cuanto a las dos sentencias que han sido modificadas, en la primera de ellas, atendiendo al criterio de proporcionalidad que se tuvo en cuenta en la sentencia de instancia, se ha rebajado la pena al procesado, que ha pasado de ocho años a seis años de prisión. 

En este sentido, la Audiencia Provincial le condenó en enero de 2019 por un delito de abuso sexual a una menor de 16 años. 

Sin embargo, el acusado quedó absuelto del delito de agresión sexual. Los hechos por los que fue juzgado ocurrieron en octubre de 2017 en un habitación de una vivienda donde consumó el delito sobre su víctima.

El penado, de 35 años en el momento de los hechos, continúa el cumplimiento en el centro penitenciario correspondiente.

SEGUNDO CASO. En cuanto al segundo caso, atendiendo al mismo criterio expuesto, se ha rebajado la pena inicialmente impuesta de diez años y seis meses de prisión a diez años. En este asunto, dado lo avanzado del cumplimiento, la rebaja de pena ha determinado la excarcelación por cumplimiento del reo.

Los hechos juzgados por este procedimiento se produjeron en noviembre de 2006, cuando la joven era todavía menor de edad y se dirigía al hospital Río Carrión. La chica caminaba por el Camino de Collantes cuando se cruzó con el acusado, que la inmovilizó por la espalda y la obligó a entrar en un caserón abandonado situado en las inmediaciones donde perpetró la agresión sexual.

Por lo demás, ninguna de las resoluciones dictadas es todavía firme dado que se encuentran en plazo para poder ser recurridas.