"La ley del 'solo sí es sí' está mal hecha"

César Ceinos
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El jurista palentino, uno de los dos representantes de la Asociación Clara Campoamor en Castilla y León, asegura que la norma tampoco ha supuesto una «variación radical» respecto a las conductas delictivas que recogía el texto legislativo anterior

Luis Antonio Calvo - Foto: Óscar Navarro

El palentino Luis Antonio Calvo Alonso es uno de los dos abogados en Castilla y León de la Asociación Clara Campoamor, una entidad fundada en 1985 «por un grupo de mujeres del movimiento feminista ante la necesidad imperante de defender los derechos de la mujer frente a una continua transgresión de los mismos, tanto en el mundo laboral, profesional, sanitario, cultural o familiar como por la indefensión de la mujer víctima de delitos sexuales y agresiones», según recoge su página web. 

Este letrado, que tiene su despacho en la capital del Carrión y ha participado en procesos judiciales como el del caso Arandina, lleva representando a la asociación en la comunidad autónoma desde 1994 junto a Margarita Calle Monge.

Empecemos por el principio de todo. ¿Qué pretende regular y sancionar la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de Garantía Integral de la Libertad Sexual, más conocida como la ley del solo sí es sí?

Los delitos de carácter sexual. Se considera que la regulación hay que adaptarla a los nuevos tiempos y se lleva a cabo una modificación de la ley anterior. La idea de esta nueva norma es eliminar la distinción que existía en el Código Penal entre agresión sexual y abuso sexual. Se diferenciaban en que en la primera se producía violencia e intimidación y en la segunda,  a pesar de que se realizaba en contra de la voluntad de la mujer, no.  

¿Era necesaria esta nueva ley?

Es más bien una cuestión terminológica. No es tanto la necesidad en cuanto a lo que es el fondo de la norma, pero sí había una reclamación social de que a determinadas acciones que eran agresiones contra mujeres no se las llamase simplemente abuso. Era más un tema de nomenclatura que de pena.

¿Hay textos legales similares en otros países?

En todas las agresiones sexuales se distingue si existe violencia e intimidación o no hay violencia e intimidación.El hecho de que haya violencia e intimidación agrava el tipo delictivo. Siempre es más grave que haya a que no. 

La norma, que apareció publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del 7 de septiembre, empezó a provocar, como el propio Gobierno central reconoció recientemente, «efectos indeseados» al rebajarse penas y, en determinados casos, salidas de presos de las cárceles. ¿Por qué se ha llegado a esta situación?

La razón es sencilla. Al eliminar la diferencia entre agresión sexual y abuso sexual se están mezclando tipos delictivos que son distintos, como agresiones sexuales muy graves con abusos sexuales leves y la extensión de las penas se hace muy larga. Por poner un ejemplo, de castigos a 12 a 15 años de prisión se pasaba a penas de 7 a 15 años de prisión. En el rango de las penas, la inferior bajaba. Al ser más baja, a todos los condenados por la pena mínima en el rango anterior les tienen que aplicar la mínima en el actual. Las penas máximas se han mantenido. A nadie se le condena más que se le condenaba antes, pero la pena mínima en los tipos ha disminuido porque se han metido en el mismo saco cosas distintas.

Esto provocó una polémica que llegó a enfrentar, principalmente, al partido impulsor de la medida, Podemos, con otras formaciones. Incluso, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) defendió el modo de proceder de los jueces. ¿Está mal redactada?

La ley está mal hecha, está claro. Se ha hecho deprisa, tiene una mala técnica jurídica y, si lo que pretendía era proteger más a las mujeres poniendo penas más altas, no ha conseguido eso. O podemos decir que son unos ineptos quienes han redactado la ley y la han aprobado o la otra explicación es que realmente querían bajar las penas. 

¿Tenía que haberse escuchado al CGPJ y haber hecho caso al informe del órgano de gobierno de los jueces antes de que se aprobara la ley?

No solo se tenía que haber hecho caso a ese documento del CGPJ. El Derecho Penal es muy sensible y necesita un estudio reposado y extenso de lo que se quiere hacer y de las consecuencias que puede tener desde el punto de vista penal. Cuando se hace la modificación del Código Penal no solo hay que pedir un informe al CGPJ, hay que pedir muchos más  y que todos los expertos y los operadores que intervienen en ese derecho penal emitan su opinión respecto al texto. Una modificación del Código Penal no se puede hacer como unas salchichas. Desde el punto de vista técnico, antes de que el texto llegue al Parlamento, tiene que llevar un trámite de estudio, tener un anteproyecto y, luego, un proyecto estudiado y asentado. En este caso no lo ha habido. Se sacó rápido para cumplir las promesas electorales, o lo que fuera. Una ley no se puede hacer así.Realmente, ninguna ley se puede hacer de esta manera, pero una de este tipo, menos.

El Tribunal Constitucional admitió a trámite el pasado 24 de enero un recurso de inconstitucionalidad presentado por Vox. ¿Qué resultado espera de esta actuación?

No creo que tenga ninguna trascendencia. No estamos hablando de que nada sea inconstitucional. Desde mi punto de vista, inconstitucional no hay nada. 

La exalcaldesa de Madrid y exjueza Manuela Carmena llegó a asegurar que no corregir la ley del solo sí es sí es una actitud de «soberbia infantil» manifestó que «el Boletín Oficial del Estado (BOE) está lleno de rectificaciones

Sí, claro que sí. Las leyes, cuando se hacen deprisa -porque muchas leyes se hacen deprisa-, tienen errores. Incluso los tienen las que se hacen pensadas.

Finalmente, el Gobierno mostró el pasado fin de semana su voluntad de alterar la norma. ¿Es necesario este cambio?

Es imprescindible. No va en la corriente social ni en nada hacer una ley que rebaje las penas a los violadores. Mi opinión es que los castigos establecidos en la regulación anterior eran adecuados. A lo mejor hay que adaptar la redacción a los tiempos presentes, porque ya habían pasado unos años desde que se redactó. 

Además, la ley, en cuanto a las conductas que recoge, tampoco ha supuesto una variación radical con la regulación anterior. Eso del solo sí es sí es más una propaganda que otra cosa. Es lo mismo que había antes o prácticamente lo mismo. No supone un favorecimiento de la mujer a la hora de tener que probar que ha sufrido una agresión sexual. La presunción de inocencia sigue rigiendo y que se dan los elementos para que haya una agresión sexual es evidente. Hay que probar que haya habido una agresión sexual. Antes también era así. 

Es una ley que, sin cambiar gran cosa, parece que nos dicen que ha cambiado mucho, cuando la realidad no es así. Y lo que ha cambiado es a peor. Lo que no tiene ningún sentido en esta historia es que cuando uno se da cuenta de que se ha equivocado eche la culpa a los demás. Lo han hecho mal, no tiene arreglo, al menos hacia atrás porque la aplicación de la ley más favorable en derecho penal es sagrado. Como mínimo, reconócelo y admite que se ha querido hacer una cosa y ha salido mal.

¿Llegará tarde esta modificación legislativa?

La cuestión es que esta norma nunca tenía que haber visto la luz. La entrada en vigor de la Ley del solo sí es sí supone, necesariamente, que todas las conductas delictivas anteriores a esta ley y posteriores a ella hasta que se cambie se van a regir por ella. Como es la más favorable, siempre se van a regir por ella.

¿Qué variaciones tienen que introducirse en la ley?

Volver a establecer la distinción entre los dos tipos delictivos, aunque se llamen ambos agresión sexual. Lo que sí hay que diferenciar es cuándo hay violencia e intimidación y cuándo no lo hay. En el primer caso, establecemos unos tipos, que serán más cortos, y cuando no exista, otros tipos, con las penas más bajas y que arrancan desde una pena inferior. No hacer tipos delictivos con penas extensas. Con estos márgenes tan amplios dentro de las penas se deja en manos de los jueces la elección de la pena. Con márgenes más cortos, los jueces se tienen que ajustar a lo que dice la ley.

Desde el Ministerio de Igualdad se anunció el pasado fin de semana un decálogo de medidas para cambiar la norma aprobada en otoño. Entre ellas figuran doblar los juzgados exclusivos y reforzar la fiscalía de violencia sobre la mujer, garantizar la asistencia jurídica gratuita a las víctimas o crear un servicio de atención psicológica especializada. ¿Cómo valora esta cuestión?

No tiene nada que ver. Una cosa es que se adopten otras medidas de protección a las mujeres, que me parece perfecto, pero no solucionamos el problema de la ley. Me parece muy bien que se pongan más agentes de policía o que se doblen los juzgados de vigilancia. Parece que se han sentado un rato y han dicho «a ver qué decimos».

Posteriormente, el ala del Gobierno vinculada a Podemos se llegó a abrir a la modificación, pero si no se tocaba «ninguna propuesta que ponga en juego el modelo de consentimiento»

Hay que tener en cuenta que en nuestro ordenamiento jurídico rige el principio de presunción de inocencia y en ningún delito puede cambiarse la presunción de inocencia por la presunción de culpabilidad. Partiendo de ahí, hay que favorecer todo lo posible que la mujer pueda probar que ha sido víctima de una agresión sexual. Este es el núcleo de la cuestión. No podemos hacer solo caso a lo que dice la mujer, también hay que probarlo.El reo tiene sus derechos constitucionales. Por aquí va el recurso presentado por Vox, pero hubiera tenido sentido en la propuesta inicial que había de la ley. Se reformó en el sentido de que es necesario el consentimiento de la mujer siempre, pero no hay una presunción de que no exista el consentimiento.

¿Se ha politizado esta cuestión?

Todo está politizado en la vida.

¿Es un problema que se haya producido esta politización?

Es una pena que cuestiones en las que prácticamente todos estamos de acuerdo, como que las penas tienen que ser graves y que las violaciones y las agresiones sexuales a mujeres son delitos gravísimos, se utilicen de esta manera: unos para venderlo de una forma y otros de otra.

Según ha podido conocer Diario Palentino en las últimas semanas, el primer recurso por la entrada en vigor de esta norma fue tumbado por el Juzgado de lo Penal. La defensa legal del condenado palentino pidió que se le impusiera una multa y se le conmutara la de un año de cárcel por la que fue condenado inicialmente, pero se desestimó la petición argumentando razones defendidas por el Ministerio Fiscal. Aún quedan ocho casos concretos que pueden ser susceptibles de revisión en la provincia. ¿Qué resultado espera?

Todas las sentencias en las que se dictó la pena mínima van a bajar por aplicación de la ley. En el caso Arandina, una norma que en teoría va a proteger a esas víctimas ha conseguido que en vez de estar condenados a diez años lo estén solo a nueve.

¿Es usted partidario de aumentar penas?

Creo que estaban bien antes de la modificación. La prisión permanente revisable en los casos de violación acompañada de asesinato era algo que pedíamos desde la asociación.

Más allá de la ley del solo sí es sí, como responsable, junto a Margarita Calle, de la AsociaciónClara Campoamor en Castilla y León, ¿tiene dificultades para ejercer la acción popular en la actualidad?

Depende de tribunales. Hay audiencias provinciales en las que se nos favorece la intervención, pero en otras se nos piden fianzas exageradas que impiden que podamos intervenir.

¿Por qué?

Ha habido una mala prensa de la acusación popular derivada de la intervención de los partidos políticos utilizando acusaciones populares con fines poco claros y se ha extendido a otras entidades. 

Pero hay que defender la acusación popular como un elemento esencial que recoge nuestra constitución porque permite que la sociedad intervenga en asuntos tan graves como son las agresiones sexuales y los maltratos a mujeres y a menores. 

No vale con que pueda intervenir solo el Ministerio Fiscal. Muchas veces, este tiene que cumplir determinadas exigencias. Las asociaciones somos más libres. Nosotros defendemos exclusivamente a las mujeres y a los menores que sufren las agresiones. Es nuestra finalidad.

¿Se apoya a las víctimas que ustedes defienden?

Siempre es necesario apoyarlas más y tenemos que buscar la manera de que las víctimas estén protegidas una vez han denunciado.  No es admisible que una víctima que haya denunciado pueda ser asesinada, como está ocurriendo.

¿La violencia sobre la mujer es un problema que se está agravando con el paso del tiempo?

Creo que se mantiene más o menos estable en cuando al número de casos, aunque tal vez la violencia sea más grave.

Para concluir, ¿tendría que introducirse la lucha contra esta lacra en la Educación?

Desde que se publicó la ley integral de violencia, uno de los elementos fundamentales que se recogían en ella era actuar sobre la educación de las nuevas generaciones. Creo que esto ha fallado. Por la razón que sea, las nuevas generaciones no han superado el problema y quizá se haya agravado más en este caso.