Dos años de cárcel para un conductor por un accidente mortal

Alberto Abascal
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La víctima, de 69 años, conducía un ciclomotor que fue alcanzado dentro de la rotonda de la glorieta de San Lázaro el 22 de marzo de 2020

Imagen de archivo de la rotonda de la glorieta de San Lázaro de la capital. - Foto: ÓSCAR NAVARRO

El titular del Juzgado de lo Penal de Palencia ha condenado al conductor de un turismo, J.A.C.M., a la pena de dos años de prisión, así como la privación del derecho a conducir vehículos a motor por el espacio de tres años, como autor responsable de un delito de homicidio imprudente después de causar un accidente en la glorieta de San Lázaro de la capital al colisionar con el conductor de un ciclomotor, que falleció como consecuencia de las graves heridas sufridas. La sentencia, a la que ha tenido acceso Diario Palentino y que puede ser apelada ante la Audiencia Provincial, mantiene como hechos probados que sobre las 19,33 horas del 22 de marzo de 2020, en la confluencia de la avenida Casado del Alisal con la calle Burgos y la rotonda de la plaza San Lázaro, el acusado conducía un turismo propiedad de su esposa por el carril derecho de la citada avenida en sentido a la plaza de San Lázaro, cuando al llegar a la rotonda, «con descuido y olvido de las más elementales normas de precaución y prudencia exigibles a cualquier persona», se incorporó a la misma por el carril exterior, «sin respetar el ceda el paso».

IMPACTO. En ese momento impactó con R.P.A., quien circulaba en ese momento por el interior de la rotonda con su ciclomotor.  Como consecuencia del impacto, el motociclista falleció días después debido a las graves lesiones sufridas en la cabeza consistente en el politraumatismo con múltiples fracturas.

La víctima tenía 69 años y estaba casado, con dos hijos, además de siete hermanos.

El magistrado argumenta la resolución condenatoria en el hecho de que la señal del ceda el paso existente en el lugar de los hechos, «en modo alguno fue observada, por cuanto la colisión del ciclomotor contra el turismo se produjo casi de forma inmediata, lo que nos da información suficiente sobre la falta más absoluta de respecto de la señal de ceda el paso al introducirse el conductor del turismo en la rotonda, no existiendo huellas de frenado, por lo que únicamente advirtió la presencia del conductor del ciclomotor cuando este impactó contra su vehículo, lo que nos lleva a tener por acreditado que se introdujo en la rotonda sin el más mínimo y elemental respeto a la señal  de ceda el paso».

DESATENCIÓN. «Se ha producido una infracción grave administrativa pero con una desatención tan exagerada que se va a calificar la imprudencia como grave, porque el incumplimiento sería flagrante en relación con el peligro que representa la desobediencia de la señal y el fatal desenlace producido», añade el magistrado.

Por lo demás, en el apartado de responsabilidad civil, el acusado junto a su aseguradora, deben indemnizar a la viuda, hijos y hermanos con una cantidad global de 270.513 euros.