El recibo de la contribución será revisado en 23 localidades

DP
-

El incremento máximo no supera el 5 por ciento · La actualización de los valores catastrales se produce a solicitud de los propios ayuntamientos

El recibo de la contribución será revisado en 23 localidades - Foto: OSCAR NAVARRO

El importe que abonan anualmente los propietarios de viviendas, locales y terrenos en concepto del impuesto de bienes inmuebles (IBI) subirá en 2020 en 16 capitales de provincia, entre ellas Palencia (revisado en 1996), y sólo bajará en tres (Castellón, Guadalajara y Zaragoza).

Esta evolución se deriva de la revisión del catastro aprobada el pasado viernes por el Consejo de Ministros y de la consiguiente orden publicada por el Ministerio de Hacienda en el Boletín Oficial del Estado (BOE), por la que se establece la relación de municipios a los que resultarán de aplicación los coeficientes de actualización de los valores catastrales que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2020. En total, hasta 1.092 municipios se acogen a esta actualización, cuya aplicación se hará efectiva desde el 1 de enero de 2020. Las subidas y bajadas medias globales en conjunto alcanzan un 3%, respectivamente. El incremento máximo no supera el 5%.

En la provincia, además de la capital, otras 22 localidades se verán afectadas: Aguilar de Campoo (última modificación en 1996), Alar del Rey (1990), Baltanás (1998), Barruelo de Santullán (1999), Báscones de Ojeda (1990),  Calahorra de Boedo (1990), Cisneros (2002), Dehesa de Montejo (1990), La Vid de Ojeda (1990), Magaz de Pisuerga (2001), Micieces de Ojeda (1990), Polentinos (1990), Prádanos de Ojeda (1990), Respenda de la Peña (1990), San Mamés de Campos (2011), Santa Cruz de Boedo (1990), Santervás de la Vega (1990), Santibáñez de Ecla (1990), Triollo (1990), Villaherreros (2011), Villalobón (2001) y Villamuriel de Cerrato (1999). 

La actualización de los valores catastrales se produce a solicitud de los ayuntamientos y supone una modificación de la valoración del inmueble, la base imponible sobre la que se aplica el tipo de tributo, si bien no varía en sí el tipo, cuya revisión es fijada por los ayuntamientos al ser el impuesto de carácter municipal.

Conforme a la revisión de los valores catastrales recogida en la orden de Hacienda y en el real decreto-ley de medidas en materia tributaria, catastral y de Seguridad Social, los 78 municipios que revisaron sus valores catastrales entre 1984 y 1988 verán revisados al alza la valoración de sus viviendas con un coeficiente del 1,05. En el caso de los 927 municipios que actualizaron sus valores catastrales por última vez en los ejercicios 1989 y 1990 o entre 1994 y 2003, el coeficiente de actualización será del 1,03, en tanto que para los 87 ayuntamientos que lo hicieran entre 2011 y 2013 el coeficiente será del 0,97.