La castañera de la calle Mayor pide una tasa equilibrada

ALBERTO ABASCAL
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Lourdes Gutiérrez solicita al Ayuntamiento en vía judicial pagar una cantidad acorde con la capacidad económica de la actividad comercial que realiza con su puesto desde hace ocho años

La castañera de la calle Mayor pide una tasa equilibrada

«No me parece justo que no se haya firmado un decreto para cambiar en las ordenanzas la manera de medir y pagar las tasas por ocupación de los productos de temporada cuando se dijo que se haría antes de empezar esta temporada, osea, en octubre. De ahí el tener que meterlo en el contencioso». Así se expresó hoy Lourdes Gutiérrez en las redes sociales, la castañera de la calle Mayor cuya lucha contra la actual tasa por ocupación de vía pública de su puesto de asar castañas se plasmó ayer en la sala de vistas del juzgado de lo contencioso-administrativo en un juicio que quedó visto para sentencia.

Gutiérrez decidió acudir a los tribunales de justicia después de que las alegaciones presentadas en enero ante el Ayuntamiento no prosperaran. 

En síntesis, la castañera pide en justicia pagar una cantidad acorde con la capacidad económica de la actividad comercial que realiza con su puesto de castañas asadas, abogando por «un equilibrio».

Mientras la representación del Ayuntamiento presentó ante el juez la ordenanza reguladora de ocupación de la vía pública para la actividad comercial, la representación legal de Lourdes Gutiérrez, ejercida por el abogado palentino Joaquín Reyes, reiteró que durante los ocho años de su negocio ha abonado las tasas acordes a los 5 metros cuadrados, correspondientes a dos elementos que de desdoblan para habilitación del acceso al público, y que luego se reducen a su estricta ocupación.

Sin embargo, el Ayuntamiento, tras una nueva medición, decidió que Lourdes Gutiérrez abone 250 euros cada mes, lo que a su juicio supone el agravio comparativo de la tasa. «La ocupación de una grúa de construcción instalada en la vía pública, que abarca mucho más de 12 metros cuadrados, abonaría solo 122,22 euros al mes, un contenedor sin especificar su sus dimensiones, 24,39 euros por quincena; y veladores y sillas, 88,26 euros al año», enumera.  

El recurso también argumenta que la tasa impuesta a la castañera no respeta el principio de capacidad económica, pero que, sobre todo, en su caso el Ayuntamiento no ha tenido en cuenta los principios de igualdad y progresividad tributaria. Y recuerda que la Constitución Española vela por el «principio de igualdad como la prohibición de toda diferencia de trato que carezca de justificación objetiva y razonable».