Material pirotécnico a base de bombas

Ismael Martín
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El almacenamiento y comercialización de tracas y petardos, protagonistas de estas fechas, se rigen por una exigente normativa

Material pirotécnico a base de bombas - Foto: Óscar Navarro

Los petardos, tracas y similares se asocian con momentos de diversión y celebración que es en lo que se basa la Navidad. Al igual que la utilización de estos artefactos pirotécnicos debe respetar la ley vigente y sin crear perjuicio a los demás, la venta de los mismos también se somete a una estricta normativa. El reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería está recogido en el Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, en el que se indica que las empresas comercializadoras deben disponer de un seguro de responsabilidad civil y autorización para el almacenamiento, el transporte, la venta, el uso y la importación o la exportación de pirotecnia.

«La normativa es exigente, pero es normal que lo sea porque almacenar pólvora es peligroso», explica Manuel Lobejón, responsable de Arpalencia, establecimiento que cuenta con la autorización de la Subdelegación del Gobierno para la venta de pirotecnia desde 2002. Situado en Villaumbrales, este año ha abierto un nuevo despacho para lo que ha tenido que realizar un gran número de trámites, así como pasar controles de industria. «Las principales normas que deben cumplir los establecimientos se mantienen respecto a disposiciones anteriores, pero piden algunas cosas nuevas», admite Lobejón, quien hace referencia al tema de los extintores. «Hemos tenido que poner extintores específicos para este tipo de instalaciones, un extintor grande conectado a un sistema que va por el techo», explica para añadir que han tenido que poner una alarma nueva que esté conectada a una central y tener un permiso especial de luz. 

Requisitos. Tal y como establece la normativa vigente, queda expresamente prohibido el envío de productos al público por correspondencia y venta ambulante. Por otro lado, todos los establecimientos de venta de artículos pirotécnicos deberán disponer de un almacén independiente y separado de la zona destinada a la venta, en la que la presencia del material tiene que estar situado en estanterías, bien estando estas a una distancia mínima de un metro del mostrador o bien disponiendo de algún sistema que garantice salvarguardar del público el material, que deberá estar en todo caso situado en la parte posterior del mostrador. «Los artículos de pirotecnia no pueden exponerse con carga en escaparates y no puedo tener nada que lo pueda coger el cliente con la mano», reconoce Lobejón.

La cantidad máxima de materia reglamentada tanto en el almacén como en las estanterías de la zona de venta estará condicionada por el tipo de establecimiento y volumen del almacén, así como por la categoría y división de riesgo del producto pirotécnico. Los artículos en venta no pueden ser más de tres clases clasificados según su finalidad, peligrosidad y nivel sonoro: categoría I, en la que se podrá vender a mayores de 12 años artificios de muy baja peligrosidad y nivel de ruido insignificante destinados a zonas delimitadas, incluso dentro de edificios; en la categoría II se podrá vender a mayores de 16 años material pirotécnico de baja peligrosidad y bajo nivel de ruido, para ser utilizados al aire libre en zonas delimitadas; y en la categoría III, de peligrosidad media y para ser utilizados al aire libre en zonas de gran superficie, queda limitada su venta a mayores de 18 años.  

Respecto al máximo de productos pirotécnicos que puede venderse a un único comprador no podrá superar los 10 kilogramos netos.  Asimismo, queda prohibida la venta a aquellas personas que manifiesten de forma clara que pueden encontrarse bajo los efectos de bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes. Por otra parte, la normativa establece un número máximo de personas que pueden encontrarse simultáneamente en el local, según la cual, solo puede haber un vendedor por cada cinco metros cuadrados de la zona de venta y solo puede haber un cliente por cada vendedor, sin contabilizar a los menores de 12 años. Para su más estricto cumplimiento, el titular de la autorización del local tomará las medidas oportunas para controlar la entrada del público y colocará en un lugar visible un rótulo indicando el número máximo de clientes permitido en el establecimiento en cuestión. Lobejón explica que cada cierto tiempo se realizan inspecciones para comprobar el cumplimiento.  

Como asegura el responsable de Arpalencia, el disfrute no debe ir en contra del respeto a las normas y la seguridad. «Nosotros nos molestamos mucho en que el cliente salga de la tienda sabiendo lo que se lleva, cómo se lanza, dónde se lanza y cuáles son las indicaciones generales para hacerlo sin correr peligro. Es importante la venta, pero casi lo es más lo que el cliente se lleva porque estamos hablando de pólvora», incide Lobejón.

En ArpaPalencia se puede encontrar una gran variedad de productos para su venta estas navidades, el gran momento del año para su negocio. «Dependiendo de la fecha vendemos más de una cosa u otra. Para Nochebuena y Navidad, mucha gente se lleva baterías pequeñas y muchas fuentes de luz. Para la mañana de Navidad hay gente que viene con niños y nosotros tenemos lotes hechos que son 12 productos por diez euros. En Nochevieja la gente opta por baterías grandes y fuegos artificiales», comenta Lobejón.