2,5 años por intentar violar a una compañera de trabajo

Alberto Abascal
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Como consecuencia de los hechos calificados como probados, la víctima, casada y con dos hijos, está diagnosticada de un trastorno de estrés postraumático

Imagen de archivo de la sede del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. - Foto: ALBERTO RODRIGO

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha ratificado una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Palencia, que condenó a la pena de dos años y medio de prisión a un hombre identificado como J.T.C., mayor de edad y de nacionalidad extranjera, como autor responsable de un delito de tentativa de violación a una compañera de trabajo, también del mismo país de origen del acusado, después de prestarse a llevarla en coche hasta su casa tras visitar a su hermana.

El alto tribunal de la región ha confirmado la resolución tras desestimar el recurso de apelación interpuesto por el acusado, aunque cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Asimismo, se establece que el condenado no podrá acercarse a la víctima a menos de 200 metros de distancia ni comunicarse con ella durante ocho años, además de tener que indemnizarla con 5.000 euros por los daños morales y psicológicos sufridos.

La Audiencia Provincial de Palencia consideró como hechos probados que la víctima, casada y con dos hijos, se trasladó a España para trabajar en el servicio doméstico con el propósito de enviar dinero a su familia. La empresa para la que trabaja la destinó a cuidar a una anciana en una localidad de la provincia, ocupación que realizaba entre lunes y viernes, mientras que los fines de semana los pasaba con su hermana y sus sobrinos en otra localidad de Palencia. En la misma empresa en la que estaba contratada la víctima también trabajaba el acusado J.T.C., con quien la mujer tenía confianza porque eran de la misma región de su país natal.

Los fines de semana la mujer regresaba a Palencia desde la casa de su hermana en un autobús para posteriormente coger un tren en la estación hasta la localidad donde tenía su puesto de trabajo. Esta circunstancia era conocida por el procesado y el día 29 de octubre de 2017 se personó en la estación de autobuses y sin bajarse del coche le mandó un mensaje para indicarla que él la podía llevar. La mujer, que confiaba en él, aceptó al entender que así podía ahorrarse el tiempo de espera del tren.

En vez de llevar a la víctima hasta su lugar de trabajo la condujo por la carretera que pasa por el barrio de San Antonio de la capital y tras superarlo, giró a la izquierda hacia el río, en un lugar apartado y sin gente. Allí paró el vehículo y comenzó a tocar a la mujer por todo su cuerpo, pese a la resistencia de la víctima y sin que hiciera caso a su negativa. En este aspecto, el tribunal de la Audiencia consideró que no se llegó a consumar el acceso carnal.

ZAFARSE DEL AGRESOR. En un momento dado, la mujer pudo zafarse de su agresor para salir corriendo. No conocía la zona y se encontraba en estado de shock, por lo que fue caminando y encontró a varias personas que la pudieron orientar. La Fiscalía resaltó en su informe que la víctima es una mujer muy tímida y tiene la experiencia negativa de que en su país apenas se persiguen las agresiones sexuales. Por esta causa, no denunció los hechos ni fue al médico.

El Ministerio Público subrayó que, además, la mujer sufrió una segunda agresión el 4 de noviembre de 2017 que dio lugar a unas diligencias penales seguidas en el juzgado número 1, que finalizaron con la condena de J.T.C. como autor de un delito leve de lesiones.

Como consecuencia de estas agresiones la víctima, cuyos intereses han sido defendidos por el despacho de abogados Nájera-Arconada, estaba diagnosticada de un trastorno de estrés postraumático.