Le rebajan la pena por apropiarse del dinero de los vecinos

Alberto Abascal
-

La condena final es de un año y medio de cárcel frente a los tres años y medio que le impuso la Audiencia Provincial · Mantiene la indemnización de 66.006,18 euros para los perjudicados

Le rebajan la pena que se apropió del dinero de los vecinos

El Tribunal Supremo ha rebajado la pena que la Audiencia Provincial le impuso a una mujer, M.P.T.G., de tres años y 6 meses de cárcel y multa global de 1.620 euros por otra de un año y medio de cárcel y 1.260 euros de multa, como autora de un delito continuado de apropiación indebida. La mujer fue acusada y condenada por quedarse con el dinero de una comunidad de vecinos formada por cinco portales de la calle Los Abetos de la capital entre los años 2006 y 2009. La indemnización impuesta de 66.006,18 euros en favor de la comunidad de vecinos se mantiene, según la resolución a la que ha tenido acceso Diario Palentino.

El alto tribunal de la nación, tras admitir el recurso de casación presentado por la acusada, ha rebajado la condena impuesta a M.P.T.G. al considerar que la Audiencia Provincial introdujo un agravante de hechos que no estaba en vigor en el Código Penal cuando ocurrieron los mismos, teniendo en cuenta además que la defraudación está por debajo de los 50.000 euros en cada uno de los casos analizados por lo que tampoco se puede apreciar un tipo agravado. 

Por último, el Tribunal Supremo también mantiene el atenuante de dilaciones indebidas, es decir, se trata de un caso cuya instrucción se demoró en el tiempo sin justificación constatada. La acusada era la encargada de la gestión diaria de una comunidad de vecinos formada por cinco portales situados en la calle Los Abetos de la capital, de los trámites administrativos, de la redacción de actas y de todos los aspectos económicos como el control de ingresos y gastos; cobro de las cuotas a los vecinos, el pago de los gastos que se generaban, además de llevar la contabilidad; actividad en su conjunto por la que era remunerada. Así las cosas, el fiscal pormenorizó que la acusada, como tal administradora, aparecía como autorizada en sendas cuentas bancarias que la comunidad tenía en las entidades Caja España y Banco Sabadell, entidades en las que los vecinos habían domiciliado los recibos de gasto corriente como agua, luz, gas, etc, si bien para atender el resto de gastos no domiciliados en dichas cuentas se utilizaba el sistema de extender cheques por el importe del correspondiente gasto concreto. 

Los cheques eran firmados por el vecino que ejercía las funciones de presidente de la comunidad y por la propia acusada con el sello correspondiente, cheques que en unas ocasiones eran nominativos y en otras se extendían al portador. El fiscal pormenorizó que entre los años 2006 y 2009 la acusada cobró un número indeterminado de cheques por una cuantía importante que superaba los 60.000 euros.

Según la Fiscalía fue la propia comunidad la que descubrió que se mantenían deudas con Gas Natural y Orona, ya que la administradora devolvía los recibos. 

La mujer llegó a presentar un escrito en el que reconocía asientos contables mal hechos. Incluso manifestó su intención de devolver 7.000 euros.