Asumen un homicidio imprudente por la muerte de un trabajador

ALBERTO ABASCAL
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José Duque Calabaza, de 50 años, falleció en la madrugada del 5 de marzo de 2010 arrollado por un tren-hotel cuando realizaba trabajos de mantenimiento de la vía en la estación de Dueñas

Imagen de un tren ‘Alvia’ a su paso por el lugar del accidente mortal. - Foto: ÓSCAR NAVARRO

Un piloto de seguridad de Adif, el encargado de la empresa concesionaria de las obras y una técnico de seguridad nombrada por dicha empresa asumieron ayer un año de prisión como responsables de un delito de homicidio por imprudencia grave, por la muerte del operario José Duque Calabaza, de 50 años y natural de Medina del Campo, que falleció en la madrugada del 5 de marzo de 2010 arrollado por un tren-hotel cuando realizaba trabajos de mantenimiento de la vía en la estación de ferrocarril de la localidad de Dueñas.

Los tres procesados llegaron en la jornada de ayer a un acuerdo con el Ministerio Fiscal antes de celebrarse la correspondiente vista oral en el Juzgado de lo Penal de Palencia.

El trabajador fallecido era operario de la empresa Maquisaba, subcontratista de Copasa, y estaba realizando trabajos de mantenimiento y renovación de vía en las inmediaciones del apeadero eldanense con el resto de la cuadrilla contratada para este trabajo entre Valladolid y  Venta de Baños, cuando fue arrollado por un tren Madrid-Ferrol a la 1,36 horas del 5 de marzo de 2010.

El suceso se produjo en el punto kilométrico 278,952 de la línea Madrid-Hendaya, apenas 250 metros al sur de donde un año y medio antes había fallecido otro operario.

El convoy de pasajeros que cubría el trayecto nocturno entre Madrid y Ferrol y en el que viajaban 56 personas en el momento del siniestro, según el fiscal, pasó por la zona de los trabajos «donde no había limitación de velocidad para los trenes, cartelones de silbar obreros, SAAT (sistema de aviso de trenes) o balizas de indicaciones de trenes».

El fiscal subrayaba que el maquinista se percató de la presencia del operario a unos 50 metros. El tren circulaba a 106 kilómetros por hora y el conductor accionó el freno de emergencia activado por el ASFA digital, «si bien no pudo evitar golpear al trabajador». Éste se encontraba junto con otros dos compañeros  con una máquina mixta en la vía 2, «aflojando los tirafondos y las placas de asuntos de las traviesas».

El fiscal sostiene en su escrito de acusación que se produjo una «descoordinación»  entre el encargado de los trabajos y piloto de seguridad de Adif (S.L.C.) y el encargado de la obra de Copasa y acusado F.J.R.L. al decidir este último la creación de un segundo tajo «con presencia de trabajadores y máquina en una zona de riesgo (junto a la vía 1) sin esperar la autorización del piloto de seguridad».

INCUMPLIMIENTOS. Asimismo, S.L.C. «permitió y toleró el enclavamiento de equipos y personas en la vía 2 y la actuación de un segundo tajo en la zona de riesgo (entre vía 1 y vía 2) sin avisar la llegada del tren de pasajeros por la vía 1 para que los trabajadores pudieran ponerse a resguardo».

«Se incumplieron, por tanto, los distintos procedimientos de trabajo existentes, estando operando los trabajadores afectados en la zona peligrosa sin haberse implantado todas y cada una de las medidas de seguridad requeridas en los distintos procedimientos y obligatorios de Adif e incluidos algunos en el Plan de Seguridad presentado por la empresa contratista», según especifica el Ministerio Público.

normas. Además, el fiscal reitera que se incumplieron las obligaciones de la persona designada por el contratista, F.J.R.L., como recurso preventivo.

Asimismo,  en este caso se constataron, a juicio del fiscal, «falta de señalización luminosa y acústica para advertir a los trenes que circulaban de los tajos que se realizaban y la existencia de trabajadores en las proximidades de la vía, que según los procedimientos de trabajo de Adif debían situarse a 1,5 kilómetros antes y después del tajo, así como tampoco estaba en funcionamiento el sistema SAAT (sistema de aviso automático de trenes), ni estaba ubicada correctamente la baliza de limitación temporal a 30 kilómetros que accionaba el frenado automático».

Para el fiscal eran señales, indicaciones y sistemas exigidos en los procedimientos obligatorios de Adif e incluidos en el Plan de Seguridad de la empresa contratista, cuyo cumplimiento y supervisión correspondía especialmente a la técnico designada por Copasa, I.L.A. «y cuya carencia y deficiencias fueron también conocidas y toleradas por los otros dos acusados, el piloto de seguridad y el encargado», según el fiscal.

A 250 metros

Miguel Ángel Rodríguez Mezquita murió arrollado por el tren en septiembre de 2008  mientras operaba con su máquina retroexcavadora en la línea férrea en Dueñas

En septiembre de 2011, este periódico ya publicó que el Ministerio Fiscal había solicitado un año y diez meses de prisión para un piloto de seguridad de Adif y para el factor de circulación de Corcos, como presuntos responsables de un delito de homicidio por imprudencia, como consecuencia de la muerte por el arrollamiento de un tren del trabajador autónomo Miguel Ángel Rodríguez Mezquita mientras operaba con su máquina retroexcavadora en la línea férrea, a la altura de Dueñas, el 1 de septiembre de 2008, precisamente a 250 metros del lugar del primer caso relatado.

El fiscal, que  interesó  la apertura de vista oral en el Juzgado de lo Penal, que aún está pendiente de celebrarse, acusa además en su escrito de conclusiones provisionales a la firma Adif como responsable civil subsidiario. De hecho, solicita para los dos acusados de forma conjunta y solidaria, y a Adif de forma subsidiaria, una indemnización para la madre de la víctima de 96.101 euros, así como otros 18.000 euros por el importe del valor de la retroexcavadora.