La Audiencia juzga hoy a una mujer por causar graves lesiones a su bebé

ALBERTO ABASCAL
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El fiscal solicita para ella nueve años de prisión, mientras que la defensa legal pide su absolución al apreciar el atenuante de enajenación

El Ministerio Fiscal, tal y como publicó en su día Diario Palentino, ha solicitado para la madre de un bebé identificada como P.G.L. nueve años de prisión como presunta responsable de un delito de lesiones, con los agravantes de alevosía y el atenuante analógica de enajenación, supuestamente por golpearle y zarandearle durante 14 días, probablemente por sus llantos reiterados y su negativa a mamar, lo que le ha provocado parálisis cerebral, hechos que se juzgarán hoy en la Audiencia Provincial de Palencia.
El fiscal ha solicitado además para la acusada la prohibición de acercarse al menor, que actualmente se encuentra bajo la tutela de la Junta de Castilla y León, por un tiempo superior a los 10 años al de la duración de la pena y una indemnización superior a los 700.000 euros por la incapacidad temporal, secuelas estéticas y las secuelas funcionales, así como otros 49.579 euros al Sacyl por la asistencia sanitaria y hospitalaria. En este proceso, cuyo sumario tramita la Audiencia Provincial de Palencia, no está acreditado que la pareja sentimental de la acusada fuera conocedora del maltrato al que estaba sometiéndose al menor y, por ende, no consta acreditado que fuese consciente de las graves lesiones que padecía, dada la no evidencia externa de las lesiones que requirieron conocimientos especializados para determinar su alcance por tratarse lesiones neurológicas.
El fiscal, en su escrito de conclusiones  provisionales, explica que la acusada P.G.L dio a luz el 7 de mayo de 2012 un niño. El pequeño nació por cesárea urgente a las 00,10 horas de ese día en el Hospital Río Carrión de Palencia, sin presentar ningún problema médico al nacer y sin evidencia alguna de alteración cerebral en el momento del nacimiento, ni cuando abandonó el Hospital.
La acusada, según la versión del Ministerio Público, se dio de alta voluntariamente el día 10 de mayo y desde el primer momento tuvo un comportamiento incorrecto con enfermeras y personal sanitario, sin dejar que nadie cogiera al niño.
A partir del alta hospitalaria, los progenitores convivieron solos en un domicilio alquilado situado en la capital y la acusada le daba el pecho al pequeño como única fuente de alimentación. El fiscal pormenoriza en el hecho de que la acusada, desde su regreso del hospital, mantuvo «una actitud recelosa» sobre las visitas, hasta el punto de que impedía supuestamente que los miembros de la familia de su pareja, así como los vecinos,  pudieran visitar y ver al niño en su domicilio.
En este contexto, a partir del alta hospitalaria (10 de mayo de 2012) la acusada desconociéndose el motivo exacto, pero probablemente a causa de los llantos reiterados y la negativa del menor a mamar, «en múltiples y reiteradas ocasiones» , entre el día 13 y el día 27 de mayo de 2012, «procedió a golpear y zarandear al pequeño, quien fue objeto de repetidos golpes, zarandeos y movimientos bruscos que le originaron las graves lesiones por un mecanismo de sacudida de masa encefálica».
El fiscal del caso, instruido en el Juzgado Número 5 de Palencia, abunda en que el 29 de mayo de 2012, a raíz de una visita programada al Hospital Río Carrión con el pediatra, este facultativo, al observar el grave estado del menor (aspecto hipotrófico, desnutrido con palidez intensa, abombamiento de fontanela, crisis convulsivas o soplo sistólico a la auscultación cardíaca) decidió su traslado urgente en ambulancia al Hospital Clínico de Valladolid. Asimismo,  durante la consulta la acusada se mantuvo «desafiante y hostil» con comentarios despectivos hacia el menor de quien afirmaba que «se araña y se pega hostias».
El bebé  fue ingresado en el citado Hospital Clínico de Valladolid, concretamente en la UVI pediátrica, donde se le apreció la existencia de diversas lesiones que necesitaron múltiples tratamientos médicos además del ingreso en la UVI, intubación, ventilación mecánica, sonda nasogástrica, antibioterapia, nutrición parental y pruebas complementarias.
El Ministerio Fiscal resalta que al menor le restan en la actualidad graves secuelas irreversibles como encefalopatía severa con evolución hacia la parálisis cerebral, muy grave deterioro de las funciones cerebrales superiores integradas, con limitación muy grave de todas las funciones diarias que requieren una dependencia absoluta de otra persona y grave afectación psicosomotriz en las esferas manipulativa, lenguaje, social y cognoscitiva; epilepsia parcial, hidrocefalia, alteraciones de la función motora faringo-esofágica, escoliosis incipiente a nivel torácico y probable afectación visual bilateral, así como sucuelas estéticas.
El Ministerio Fiscal  sostiene que la acusada padecía en el momento de los hechos y actualmente un retraso mental leve con déficit de las funciones cognitivas con dificultad para la comprensión de los hechos y de los impulsos. Sufre un trastorno de la personalidad de tipo paranoide caracterizado por una excesiva suspicacia y actitud defensiva frente a los demás, desconfianza que le empuja a interpretar de forma errónea y maliciosa sucesos o comentarios intrascendentes de otros, siendo recelosa al recordar los agravios para vengarse de ellos, así como rechazando amistades íntimas al poder ser desencadenantes de traición.
Por su parte, la defensa legal de la acusada se mantiene disconforme con el relato del fiscal al considerar que la situación personal de la imputada la exime de responsabilidad criminal alguna, además de contar con las atenuantes de enajenación y la dilación indebida.