Archivado el caso de la muerte de animales en un canal hidroeléctrico

ALBERTO ABASCAL
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La Audiencia Provincial entiende que debe tener su solución en el ámbito administrativo · La construcción del canal de Acera de la Vega no se hizo infringiendo leyes

Imagen de archivo de animales muertos en el Canal de Acera de la Vega. - Foto: DP

La Audiencia Provincial, mediante un auto, ha archivado definitivamente las diligencias seguidas por el  Juzgado de Carrión de los Condes a resultas de la denuncia presentada en 2008 ante la Guardia Civil  por varias asociaciones ecologistas por «la mortandad reiterada y masiva de animales» en el canal de aprovechamiento hidroeléctrico de Acera de la Vega.

El canal, que nace en Velilla del río Carrión y muere en Acera de la Vega, discurre entre los montes de Río Camba y la Vega Alta del río Carrión, zona de gran población de mamíferos salvajes e incluso de oso pardo. Los conservacionistas calculaban que al año morían ahogados varios cientos de corzos, jabalíes, ciervos y lobos, además de presentar un peligro para las personas.

El Juzgado, tras abrir las correspondientes diligencias, decidió archivarlas al no encontrar indicios de delito. Dicha resolución, que fue firmada en junio de 2012, fue apelada por las organizaciones conservacionistas ante la Audiencia Provincial, que ha confirmado definitivamente el archivo de las actuaciones.

«Teniendo en cuenta la situación histórica a que nos hemos referido en relación a la concesión de licencias, autorizaciones y obras de reparación (el Canal se puso en marcha en el año 1987; que para su construcción se obtuvieron las necesarias autorizaciones y licencias en los años 1985 y 1986), la situación que se estudia, y en la que es cierto que hay que encuadrar mortandad de animales, tampoco podría calificarse de intencionada», argumenta la Audiencia.

ÁMBITO ADMINISTRATIVO. No obstante, puntualiza en el auto de archivo que «ello no quiere decir que esta Sala no contemple con preocupación una situación como la que se describe, que en todo caso entiende que debe tener su solución en el ámbito administrativo, pero sí afirma en relación al delito que se estudia que no se pueden entender cometido. No obstante se va a acordar la remisión de testimonio de este auto a la Conserjería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León a los efectos pertinentes».

El Alto Tribunal de la provincia reitera que «se debe de mantener que en el momento de la construcción del canal éste no se hizo infringiendo leyes o disposiciones de carácter general que dificultasen la reproducción o migración de caza o pesca, y también que con posterioridad al año 2004, no consta que se hayan infringido leyes o disposiciones con la finalidad antedicha, ni tampoco con la de alterar gravemente su hábitat».