Rescindido el contrato para una estación de servicio en A-67

Alberto Abascal
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La Audiencia Nacional da la razón a la administración central y le concede la ejecución del aval de 170.000 € presentado por la constructora para iniciar las obras en 2012

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso presentado por una aseguradora de una empresa a la que le concedieron la construcción de las obras y la explotación de un área de servicio en la A 67 a la altura de Amusco. La constructora presentó en 2012 un informe al Ministerio de Fomento en el que solicitaba la rescisión del contrato de mutuo acuerdo. Sin embargo, la Sala considera que hubo perjuicio para la administración y entiende que el Ministerio de Fomento de vejez cutar el aval de 170.000 € presentado por una aseguradora en nombre de la empresa. La sentencia dictada es recurrible en casación ante el Tribunal Supremo.