Condenan al coordinador de parques por el accidente de dos bomberos

ALBERTO ABASCAL
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El Juzgado de lo Penal impone a J. G. A. N. cinco meses de prisión y una indemnización de más de 25.000 euros · Estará inhabilitado para ejercer el cargo por el tiempo de condena

El Juzgado de lo Penal de Palencia ha condenado a J. G. A. N., coordinador de los parques de bomberos voluntarios de la provincia de Palencia, que dependen de la Diputación Provincial, a una pena de cinco meses de prisión como autor responsable de dos delitos de lesiones imprudentes en concurso ideal, a consecuencia del accidente ocurrido el 19 de noviembre de 2013 en el Rocódromo de Palencia, en el que resultaron seriamente lesionados dos bomberos mientras realizaban un ejercicio dentro de un Plan de Formación que corría por cuenta de la Institución Provincial.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Diario Palentino, le inhabilita además para el ejercicio del cargo de coordinador de parques de bomberos y responsable de seguridad en jornadas prácticas de los planes de formación continuada de bomberos durante el tiempo de condena.

La resolución, que puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial, le impone además una indemnización, junto con la compañía de seguros  como responsable civil directa y de la Diputación como responsable civil subsidiaria, de 7.246,82 euros a A. D. D. por lesiones y secuelas, y de 18.178,08 euros a A. S. G. (defendidos ambos por el abogado palentino Eduardo Moreno) por idéntico motivo, además de los gastos médicos.

La sentencia considera como hechos probados  el día 19 de noviembre de 2013 tuvo lugar una jornada práctica de intervención y rescate en altura para bomberos, la cual estaba prevista en el Plan de Formación de 2013 para bomberos voluntarios desarrollado por la Diputación Provincial.

El acusado J.G.A.N. era coordinador de parques de bomberos y responsable de la seguridad del grupo de bomberos que la tarde del día 19 de noviembre de 2013 realizó dicha jornada práctica en el Rocódromo de Palencia.

Pasadas las 18,00 horas, tras finalizar el ejercicio un primer grupo de bomberos, se decidió repetir con el segundo grupo, con A.S.G., de 28 años, en el mismo, al objeto de que descendiera al pozo para rescatar a una presunta víctima (papel que realizaba un bombero voluntario A.D.D., también de 28 años en el momento de los hechos) con un mecanismo de contrapeso, sin que se utilizase línea de vida vertical.

A. S.G. carecía de todo tipo de experiencia de bajada en cuerda, en rapel, y en general en ninguna modalidad relacionada con la actividad, por lo que a la señal del acusado de iniciar el ejercicio se dejó caer al pozo, cayendo a peso muerto enganchado por error en la misma cuerda que su compañero A.D.D. Como consecuencia de este hecho, los dos bomberos resultaron gravemente heridos con diversas fracturas y lesiones que conllevaron días de hospitalización, así como jornadas impeditivas, además de secuelas.

Según la sentencia, el acusado actuó de manera «negligente».

«Consecuentemente, de una parte, concurrieron los requisitos de previsibilidad y evitabilidad del delito imprudente. El acusado ejecutó un hecho que infringía gravemente el deber objetivo de cuidado, impuesto por las máximas de experiencia, siendo previsible que su realización provocase un resultado lesivo (...) su conducta puede ser calificada de grave imprudencia», añade la titular del Juzgado de lo Penal.