El Jurado Popular cumple dos décadas en el 'banquillo'

Esther Marín
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Desde 1996 se han juzgado bajo esta fórmula 18 casos en Palencia, a los que se suman otros ocho que fueron archivados

Ocho hombres y una mujer formaron el jurado popular de Palencia que emitió un veredicto de culpabilidad en 1996 a un ciudadano por haber matado a su hermano. Fue el primer veredicto dictado en España tras la reinstauración del Jurado Popular en 1995.

La República recuperó esta Institución en 1931, que había estado abolida por un bando del general Mola durante la Guerra Civil y que continuó durante el franquismo. La Constitución de la democracia volvió a recoger la participación de los ciudadanos en la justicia.

Aquel 27 de mayo fue una jornada histórica en Palencia y en todo el país. Eran las diez de la mañana cuando los 27 candidatos citados fueron llamados uno a uno.  El entonces fiscal, Manuel Martín Granizo, y del letrado defensor, Alejandro González Gayo, procedieron al interrogatorio para recusar a los que creían no aptos para ejercer como jurados, por entender que podían tener una opinión previa formada.

En una sala de Audiencia Provincia de Palencia, el magistrado-presidente, el fiscal, el acusado y el público presente se pusieron en pie cuando el jurado -nueve miembros y dos suplentes- confirmó su cargo.

Una mujer, una enfermera, la única fémina entre los miembros de ese primer tribunal, fue la que ejerció de portavoz. El resto, ocho hombres cuyas profesiones nada tenían que ver con el medio en el que se encontraban: un médico, un licenciado en derecho, un empleado de la Fasa-Renault, un minero, un decorador, un jubilado, un técnico y un agricultor. La media de edad de los jurados era de 44,7 años -29 el miembros más joven y 65 el mayor- y, mientras cinco eran de la capital, cuatro de ellos eran naturales de Paredes de Nava, Villamuriel, Cisneros y Guardo.

La vista se inició pasadas las 11 de la mañana. Tras los oportunos trámites, el representante de la acusación pública recordó a los miembros del jurado la importante labor recomendada. «Es un privilegio y un honor, pero también una carga formar parte de una Institución como el jurado que llevaba sin funcionar en este país 60 años», se recoge en la información que al respecto publicó El Diario Palentino.

El acusado, A. A. R. admitió haber matado a su hermano el 15 de diciembre de 1995, cuando ambos discutieron en el domicilio familiar.

Entre declaraciones de los testigos, proyecciones de diapositivas del cadáver, notas de los miembros del jurado y los respectivos alegatos transcurrió la mañana. La vista oral se reanudó por la tarde y a las 18 horas los miembros del Jurado abandonaron la sala de vista de la Audiencia Provincial para deliberar.

Dos horas y media después, el portavoz del Tribunal del Jurado hizo público el veredicto: culpable de homicidio.

dos vistas. Además del juicio que se celebró en Palencia, aquella jornada también se vivieron otras dos vistas con jurado popular: una en Valencia contra un hombre acusado de allanamiento de morada y otra en Palma de Mallorca por un soborno de un empresario a un guardia civil.

Desde entonces hasta hoy se han celebrado cientos de juicios por este procedimiento en España. En 1998 se registró la cifra más alta de casos tramitados por un tribunal ciudadano: 785 asuntos.

En Palencia, según los datos facilitados por la Audiencia Provincial, se han juzgado bajo esta fórmula 18 causas, ya que aunque se inició la tramitación de 26, ocho de ellos fueron archivados. De ellos, uno por malversación de caudales público, uno por cohecho y, un tercero, por tráfico de influencias.

Además, tres por allanamiento de morada y doce por homicidio o asesinato. De estos últimos, en dos de los casos hubo sentencia absolutoria y en el resto condenatoria.

opiniones. Hay voces que consideran que este procedimiento de administrar justicia necesita un cambio. Entre sus argumentos, el hecho de que ninguna persona sin conocimientos jurídicos tiene porqué conocer conceptos legales como cohecho, malversación de caudales públicos o infidelidad en la custodia de documentos.

El presidente de la Audiencia Provincial de Palencia, Ignacio Javier Rafols Pérez, tiene muy claro que no es partidario de la Ley del Jurado. «Creo que es una práctica procesal que debería estar superada», asegura.

«Las experiencias positivas con jurado popular han sido más desde el punto de vista de la gente, dado que los ciudadanos se comprometen y se toman en serio su tarea», indica Rafols. En su opinión, en muchas ocasiones es «desproporcionada la responsabilidad que se traslada a los ciudadanos».

El presidente de la Audiencia cree que se trata de una forma de enjuiciamiento «innecesaria y económicamente gravosa» y aboga por una vía intermedia mediante la que se mantenga el jurado popular, pero limitando su capacidad de actuación.

Por otra parte, «reduciría el número de delitos en los que tiene competencia el jurado, sobre todo los relativos a la función pública».

Cabe destacar que las cuestiones competencia del jurado son delitos contra las personas, delitos cometidos por los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos, delitos contra el honor y delitos contra la libertad y la seguridad.

Más concretamente, los delitos que se definen en el Código Penal de 1996 son del homicidio, de las amenazas, de la omisión del deber de socorro, del allanamiento de morada, de la infidelidad en la custodia de documentos, del cohecho, del tráfico de influencias, de la malversación de caudales públicos, de los fraudes y exacciones ilegales, de las negociaciones prohibidas a funcionarios y de la infidelidad en la custodia de presos.

Para el letrado Santiago González Recio -decano del Colegio de Abogados de Palencia, pero que en esta ocasión opina como abogado y no como responsable de la entidad-, esta Ley ha sido «controvertida» desde sus orígenes y «ha dado lugar a errores y equivocaciones».

González Recio entiende que esta Ley se haya hecho para permitir a los ciudadanos participar en la impartición de Justicia, «pero falta experiencia en nuestro país en este sentido», por lo que aboga por «un tribunal profesional en todos los casos».

El abogado asegura que, cuando un ciudadano es elegido para participar en un juicio, «intenta evadirse como sea, nadie quiere tener esa responsabilidad». «La gente no tiene conocimientos para poder juzgar a nadie, más cuando algunos son temas muy complejos», añade.

Santiago González pone como ejemplo el procedimiento llevado a cabo en el caso por el crimen de la presidenta de la Diputación de León, Isabel Carrasco. «El jurado ha dicho una cosa que ha sido rectificada por el magistrado», apunta.

Los miembros del jurado son elegidos por las Audiencias Provinciales a través de un sorteo que se realiza los años pares y en el que se seleccionan las personas que pasarán a formar parte del Tribunal Popular de cada provincia para los siguientes dos años.

Los requisitos para ser jurado son ser español mayor de edad, estar en el pleno ejercicio de los derechos políticos, saber leer y escribir, ser vecino de cualquiera de los municipios de la provincia en los que el delito se hubiere cometido y no estar impedido física, psíquica o sensorialmente para el desempeño de la función.

homicidio

Entre los casos con jurado popular vistos en Palencia se puede destacar uno que causó conmoción por lo que sucedió en unas pocas horas. El 10 de septiembre de 2009 y después de más de cinco horas de deliberación, un jurado popular compuesto por seis hombres y tres mujeres emitió en la Audiencia de Palencia un veredicto de culpabilidad del delito de homicidio en la persona de E. M. G., de 72 años.

Se le consideró culpable de un delito de homicidio, con el agravante de parentesco y el atenuante de arrepentimiento espontáneo por matar a su esposa en octubre de 2002 axfisiándola en su domicilio conyugal de la capital palentina-

A las pocas horas, el acusado  fue encontrado muerto en los servicios del patio de enfermería de la prisión de Dueñas.

tráfico de influencias

Otro juicio con jurado popular fue el que se llevó contra J. P. M. B. en junio de 2003. Un jurado popular -compuesto por cinco mujeres y cuatro hombres-, consideró por unanimidad tras ocho horas de deliberación que era culpable de un delito de tráfico de influencias. Los hechos por los que fue juzgado  se produjeron en abril de 2000, cuando el denunciante y ex gerente del Hotel Castillo de Monzón, J. M. D., denunció que había recibido presiones por parte del procesado para que contratara a su esposa en dicho establecimiento, a cambio de obtener los derechos de explotación del complejo hostelero propiedad de la Diputación Provincial y que entonces presidía el padre del acusado.

absuelto

En mayo de 2003, los diez miembros que componían el jurado popular emitieron, por unanimidad, un veredicto de «no culpabilidad» para Miguel Ángel Fernández Laguna, encausado como presunto responsable del homicidio de José Manuel Gutiérrez Álvarez, vecino de Guardo y que falleció en octubre de 2001 por un disparo en la cabeza efectuado con una pistola.

Fue el sexto juicio por jurado popular celebrado en Palencia y, entre las anécdotas, las que protagonizaron dos de los testigos -Alfa y Bravo-, que comparecieron en calidad de testigos protegidos por la Justicia al sentirse amenazados en su integridad, por lo que tuvieron que declarar detrás de un biombo.