La ex alcaldesa de Velilla del Río Carrión, condenada a 7 años de inhabilitación

Alberto Abascal
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El Juzgado de lo Penal de Palencia considera que Josefina Fraile cometió un delito de prevaricación aunque la absuelve de otros tres

Imagen de archivo de Josefina Fraile, junto al Ayuntamiento. - Foto: Eva Garrido

El Juzgado de lo Penal de Palencia ha condenado a la ex alcaldesa de Velilla del Río Carrión por el partido Cives, Josefina Fraile, a siete años de inhabilitación para ocupar cargo público como autora responsable de un delito de prevaricación, aunque el juez la ha absuelto de otros tres delitos de la misma índole por los que había sido acusada inicialmente tanto por el fiscal como por la acusación particular.

Josefina Fraile fue juzgada por varios delitos de prevaricación durante su etapa como alcaldesa, aunque el Ministerio Fiscal se pronunciaba sobre dos concretamente, después de que el Ayuntamiento de la localidad norteña, cuyos intereses legales han sido defendidos por el abogado palentino Luciano Amor, le presentara una querella auspiciada por PP y PSOE conjuntamente. Los hechos a los que hacía referencia el fiscal se circunscribían a la convocatoria de un Pleno extraordinario en el que el primer punto del orden del día era la votación de si estaba o no justificado celebrar la sesión. Los ediles votaron que no y la alcaldesa se negó entonces a pagarles los 40 euros que debían recibir por la asistencia.

Otra de las cuestiones pertinentes también obedecía  a una votación en un Pleno, en la que la Corporación acordó no pagar los 2.600 euros que reclamaba un vecino de la localidad  por el retranqueo de una calle. A pesar de esta decisión del Pleno y aunque el secretario advirtió de la ilegalidad, la alcaldesa dio orden de que se efectuara este pago.

En síntesis, Fraile se enfrentaba a supuestas anormalidades en las contrataciones de personal realizadas por la acusada como alcaldesa, la aprobación de un convenio de colaboración en contra de la decisión del Pleno, la resolución de la procesada denegando la retribución debida a los concejales sin dedicación exclusiva por su concurrencia a los Plenos y la resolución de la acusada como alcaldesa dictada tras la tramitación de un convenio urbanístico de planteamiento que finalmente no fue aprobado, acordando lo denegado por el Pleno del Ayuntamiento.

ACUERDOS DEL Pleno. En la sentencia a la que ha tenido acceso Diario Palentino y que puede ser recurrida en apelación  ante la Audiencia Provincial, el juez sólo aprecia responsabilidad penal en la resolución de la acusada cuando era alcaldesa en relación al pago de cantidades a un vecino para que retranqueara cuando no se aprobó el convenio urbanístico que servía de base para tal abono.

Según la resolución,  la acusada «quiso imponer su criterio al del Pleno, que era el órgano competente para acordar el convenio urbanístico y dictó de manera patente, flagrante y clamorosa una resolución totalmente contraria a la acordada por el Pleno».

«Pero, incluso fue mas allá, dado que tras el primer informe de reparo dictó una segunda resolución en la que ya no solo se ratificaba en pagar con dinero público desatendiendo el criterio del órgano competente, sino que acordó un nuevo desembolso contraviniendo el criterio técnico del arquitecto municipal y, emitido un segundo informe de reparo llamando la atención de que no era posible apartarse de la valoración técnica, volvió a reiterar dicha voluntad, horas antes de ser apartada por una moción de censura».

Josefina Fraile ocupó el cargo de alcaldesa entre los años 2003 y octubre de 2005, justo cuando la concejal tránsfuga Nuria García (independiente del grupo Cives) le arrebató la Alcaldía, con los votos favorables de tres concejales del PP y dos del PSOE, además del suyo propio, tras la presentación de una moción de censura.

Cives gobernaba en minoría en el Ayuntamiento de Velilla del Río Carrión, al ser la lista más votada en las elecciones municipales de 2003 con cuatro concejales, frente a tres del PP y dos del PSOE.