El sindicato Comisiones Obreras informó ayer que el juez considera que el reparto de los bienes obtenidos -1.412.637,99 euros- por la venta de la sociedad se debe seguir acorde a unos criterios, como por ejemplo que los créditos contraídos por los dos abogados que gestionaron la liquidación por importe de 615.131,58 euros y los créditos de los trabajadores, así como los de la Seguridad Social y del perito que valoró los bienes, «tienen consideración de créditos contra la masa y lo obtenido se distribuirá entre todos por orden de sus vencimientos».
La resolución judicial, que da la razón a las pretensiones del sindicato, estipula además que se aprueba la propuesta de reparto sólo en cuanto a la provisión de fondos, por un importe de 50.000 euros y las dietas de los miembros de la Colisión Liquidadora, por un importe de 7.850 euros.
PROPUESTA DE LA COMISIÓN. Cabe recordar que la Comisión presentó en mayo ante el Juzgado número 3, que tramita la suspensión de pagos de Alfacel, la propuesta de reparto del 1.412.637,99 euros obtenidos por la venta de bienes de la sociedad con el siguiente orden: provisión de fondos (50.000 euros), gastos prededucibles, dietas de los miembros de la Comisión (7.850 euros), honorarios de los dos abogados que tramitaron la suspensión de pagos y los procedimientos laborales (615.131,58 euros), Fogasa (205.757,88 euros) y créditos salariales (533.898,53 euros).
El sindicato Comisiones Obreras se personó en el Juzgado número 3 para impugnar dicho reparto. El sindicato mantenía que éste resultaba irracional por el hecho de que anteponía los pagos de la minuta de los abogados a las deudas contraídas con los más de 200 trabajadores que se vieron afectados por el fin de la actividad empresarial.
Asimismo, la Seguridad Social ya había impugnado a su vez este reparto por el mismo motivo esgrimido por el sindicato, ya que incluso este organismo cedió parte de sus derechos para buscar el favorecer el cobro de los empleados afectados por el cierre.