La Audiencia rompe el criterio del Supremo

ALBERTO ABASCAL
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La sala ha dictado una sentencia que marcará el devenir de los recursos sobre cláusula suelo y gastos hipotecarios abusivos

La Audiencia Provincial ha revocado parcialmente la sentencia dictada por el Juzgado Número 6 que declaró nula una cláusula de contrato hipotecario firmado por una pareja con el Banco Ceiss condenando a la entidad a la restitución de los intereses de más pagados desde la publicación del Tribunal Supremo el 9 de mayo de 2013. La sala, en el recurso, amén de mantener la nulidad de dicha cláusula, considera que el pago de los intereses deben retrotraerse a la firma del contrato y no desde el 9 de mayo de 2013. La sala ha declarado nula la cláusula relativa a la contratación de un seguro.